Memoria 2022

MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 1698 De esta manera, solo cuando las partes guarden silencio respecto a la destinación de estos recursos, procede aplicar el análisis y las demás conclusiones planteadas por la Sala en el concepto del 25 de abril de 2017, objeto de la presente aclaración. Con base en las consideraciones expuestas III. LA SALA RESPONDE: En primer lugar, la Sala ratifica en su integridad las consideraciones y las respuestas emitidas en el Concepto del 24 de abril de 2017, radicado no 2306. En esta medida, la respuesta planteada al tercero de los interrogantes formulados por el entonces Director (E) de COLCIENCIAS debe entenderse en el sentido que: Los rendimientos financieros que subsisten después del pago de la comisión fiduciaria no son de libre destinación y se deben invertir, según la fuente de la cual provengan, en: i) Programas o proyectos de ciencia y tecnología previstos la ley que haya autorizado la transferencia de recursos al FFJC: si se trata de rendimientos financieros de los dineros recibidos por el FFJC, en virtud de una ley que autoriza la transferencia de recursos de la Nación al FFJC, para la financiación de actividades de ciencia, tecnología e innovación. ii) Programas o proyectos de ciencia y tecnología previstos en el respectivo convenio de aportes: si se trata de rendimientos financieros de dineros recibidos por el FFJC en virtud de un convenio de aportes. Si no es posible utilizar los recursos en el objeto del convenio, deberán ser restituidos al aportante. No obstante, en el convenio de aportes y en ejercicio de la autonomía de la voluntad, las partes pueden establecer una destinación distinta de los rendimientos financieros, una vez pagada la comisión fiduciaria, para los demás proyectos de ciencia y tecnología que desarrolle el FFJC. Remítase copia al señor ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República. SUSCRIBEN EL CONCEPTO: Óscar Darío Amaya Navas, Presidente de la Sala. Ana Patricia Franco Luque, Consejera (E). Ana María Charry Gaitán, Consejera. Édgar González López, Consejero. Reina Carolina Solórzano Hernández, Secretaria de la Sala

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