Memoria 2022

TERCERA PARTE CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL AÑO 2022 1691 transferidos al Fondo, los excedentes deberán ser restituidos a la Nación o la entidad pública o privada aportante. 4. ¿Pueden las entidades que firman convenios de aportes o especiales de cooperación con la Fiduciaria la Previsora como vocera del Fondo, exigir que el Fondo les devuelva los recursos no ejecutados y los rendimientos financieros? Sí. Las entidades que firman convenios de aportes con la FIDUPREVISORA, (como vocera del P.A. del FFJC), pueden exigir la devolución de los recursos transferidos al Fondo, que no fueron utilizados para ejecutar los programas o proyectos de ciencia, tecnología e innovación a las cuales fueron destinados, de conformidad con las razones expuestas en este concepto, y salvo que las partes hayan pactado algo distinto. Por su parte, las entidades que firman los convenios de aportes solo podrán exigir la devolución de los rendimientos financieros, si estos exceden los valores que deben ser destinados al pago de la comisión fiduciaria como contraprestación por la administración e inversión de los recursos aportados. […] 6. ¿Respecto a los recursos reintegrados por las entidades porque no se ejecutaron completamente, podría decirse que al amparo de las normas legales éstos pertenecen al fondo y pueden ser usados para financiar actividades de CTel de cualquier proyecto que indique COLCIENCIAS como Fideicomitente del Fondo? No. Si bien estos recursos pertenecen al Fondo, siguen afectos a la destinación específica para la cual fueron entregados por las entidades públicas y privadas aportantes, las cuales pueden exigir su desarrollo. Lo anterior, a menos que las partes hayan pactado algo distinto en el respectivo convenio de aportes. Podría decirse que esos recursos son del Fondo pero que deben ser usados para financiar proyectos de la entidad pública o privada que invirtió los recursos en el Fondo a través de un convenio de aportes? Se remite a lo manifestado en la respuesta anterior. […] 4. La solicitud de aclaración del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación está referida, específicamente, a la respuesta planteada por la Sala a la tercera de la preguntas formuladas en su momento por COLCIENCIAS. 5. De acuerdo con lo señalado en su solicitud, el objetivo del ministerio es verificar si la lectura realizada por la entidad a la citada respuesta se ajusta a la interpretación de la Sala de Consulta y Servicio Civil. Para el efecto, expone las siguientes consideraciones: [E]l Consejo de Estado expone en su respuesta que los rendimientos financieros generados por los recursos aportados al FFJC provenientes de cualquiera de las

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