Memoria 2022
MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 1616 con recursos públicos asignados a Fonvivienda en su calidad de entidad estatal están sujetos a la contribución. Segundo, los patrimonios autónomos originados en contratos de fiducia son instrumentos contractuales que introduce Fonvivienda para el cumplimiento de su función, son una herramienta (un medio, no un fin en sí mismo) para alcanzar su propósito sustancial, vale decir (en los términos del artículo 2° del Decreto 555 de 2003) la inversión de recursos públicos destinados a vivienda de interés social. Así, en la medida que ese propósito requiere la realización de contratos de obra, persiste la realización de los supuestos de configuración del hecho generador. La utilización de un medio contractual determinado (cualquiera que sea) para alcanzar los fines que la ley le impone a Fonvivienda no desconoce su naturaleza de entidad pública, ni la de los recursos públicos utilizados, ni la existencia de contratos de obra para alcanzar tales fines y propósitos. Así, aunque tales contratos de obra no estén suscritos directamente por Fonvivienda, tienen su génesis y atienden a la esencia propia de las funciones asignadas a éste y por tanto cumplen las condiciones definidas en el hecho generador de la Estampilla. […] Así, el abundante contenidodel recursoenese sentidonomerece cuestionamiento ni observación en esta etapa de discusión, salvo para señalar –a fin de mantener debidamente enfocada la discusión– que lo realmente importante es que está demostrado en la investigación que a través de los contratos de fiducia suscritos por Fonvivienda (en su calidad de entidad pública) se suscribieron contratos de obra para atender el objeto misional que la ley le impone y, de esta forma, se cumplen todos los requisitos de causación del hecho generador de la Estampilla Pro Universidad Nacional. En adición de lo anterior, es vital tener presente que el campo de acción de los patrimonios autónomos no es infinito como parece entender el recurrente pues para su ejecución debe respetar los términos del contrato de fiducia y estos de manera indefectible están atados a la misión institucional del Fonvivienda, que no es otra distinta a la inversión de recursos públicos destinados a vivienda de interés social y en la medida que ese propósito requiere la realización de contratos de obra, persiste la realización de los supuestos de configuración del hecho generador. (Subrayado fuera de texto) 5. A la luz de los argumentos señalados, es dable concluir que FONVIVIENDA es responsable de los valores que se debieron trasladar al Ministerio de Educación
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