Memoria 2022
TERCERA PARTE CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL AÑO 2022 1601 3. ESTAMPILLA «PRO UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y DEMÁS UNIVERSIDADES ESTATALES DE COLOMBIA», PREVISTA EN LA LEY 1697 DE 2013. Radicado PL00005 Fecha: 30/06/2022 Consejero Ponente: Edgar González López Levantamiento de la reserva mediante auto de fecha 26 de agosto de 2022 El ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio consulta a la Sala, con fundamento en el numeral 7 del artículo 112 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 19 de la Ley 2080 de 2021, acerca de la aplicación de la estampilla «Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia» a contratos de obra realizados en ejecución de contratos de fiducia mercantil, estos últimos celebrados entre el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA y sociedades fiduciarias. I. ANTECEDENTES En el escrito dirigido a la Sala, el ministro consultante expuso las siguientes consideraciones: 1. EI artículo 1 del Decreto 555 de 2003 creó el Fondo Nacional de Vivienda (en adelante FONVIVIENDA) como un fondo con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera, sin estructura administrativa ni planta de personal propia, sometido a las normas presupuestales y fiscales del orden nacional, adscrito al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 2. El artículo 23 de la Ley 1469 de 2011 autorizó a FONVIVIENDA suscribir contratos de fiducia mercantil con sujeción a las reglas generales y de derecho comercial, sin las limitaciones y restricciones previstas en los artículos 32-5 de la Ley 80 de 1993, 2 de la Ley 1150 de 2007 y, en general, en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. 2.1. La finalidad del contrato de fiducia es constituir un patrimonio autónomo, entendido este como una universalidad jurídica que le permite ser titular de derechos y obligaciones. Por lo tanto, la contratación derivada en cumplimiento del objeto del contrato de fiducia no la realiza FONVIVIENDA, sino que la efectúa el patrimonio autónomo a través de su vocero, esto es la fiduciaria. 2.2. FONVIVIENDA celebra contratos de Fiducia Mercantil con las siguientes características:
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