Memoria 2022

MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 1550 3. El impuesto predial y la contribución de valorización: posibilidad de gravar con estos tributos bienes de uso público y otros bienes de las entidades públicas 1. El impuesto predial a) Origen y evolución del impuesto predial, hasta la Ley 768 de 2002 El impuesto predial, desde antes de la Constitución Política de 1991 y, al menos, desde la primera mitad del Siglo XX, ha sido un impuesto de las entidades territoriales (primero, de los departamentos, y luego, de los municipios), que tradicionalmente ha recaído sobre la propiedad y la posesión de bienes inmuebles ubicados en los límites territoriales de la respectiva entidad. En el Concepto 1469 de 2002, la Sala de Consulta y Servicio Civil, con apoyo en la jurisprudencia de esta misma corporación, hizo una reseña histórica sobre el origen y la evolución de este impuesto, hasta la fecha de emisión del citado documento (diciembre de 2002), haciendo énfasis en el problema jurídico de si este tributo puede recaer sobre predios de propiedad de las entidades públicas, especialmente los bienes de uso público de la Nación. Según lo expuesto en dicho concepto y lo previsto en las normas pertinentes, el nacimiento y la evolución del impuesto predial, hasta ese momento, se pueden resumir así: • Con la Ley 48 de 1887 1972 , se creó el impuesto (en la República de Colombia) y se autorizó a los departamentos para establecerlo, distribuyendo su recaudo así: 4 por mil (4 x 1.000) para el departamento y dos por mil (2 x 1.000) para los municipios. • En las Leyes 20 de 1908 1973 (artículo 17, numeral 4°) y 4 de 1913 1974 (artículo 97, numeral 39), se dispuso que este tributo, denominado entonces «impuesto a la propiedad raíz», sería una renta de los municipios, pero de acuerdo con la reglamentación que expidieran los departamentos. • El artículo 21 del Decreto 1226 de 1908 1975 dispuso que «[l]os bienes de la Nación no serán gravados con contribuciones, por las Municipalidades; tampoco lo serán los bienes de los Distritos ubicados en el territorio de otro por la Municipalidad donde se hallan situados» [se resalta]. 1972 Sobre las rentas y el presupuesto de los departamentos y los municipios. 1973 Que adiciona y reforma la Ley 149 de 1908, sobre régimen político y municipal. 1974 Por la cual se expide el Código de Régimen Político y Municipal. 1975 Que organiza la Hacienda Pública Municipal, en desarrollo de la Ley 20 de 1908.

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