Memoria 2022

MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 1504 adquisición de agentes que ya estaban desarrollando sus actividades en un eslabón distinto con una evidente concentración de mercado y de poder en la cadena valor. La doctrina ha señalado estas características propias del fenómeno denominado “plataformización” del ecosistema, derivado del concepto de plataforma en el sector TIC, como “plataforma de mercados” o “mercados con dos lados”. Se trata de uno de los mayores desafíos y problemas que enfrenta la regulación. Para garantizar el derecho a la competencia y la protección de usuarios, causado por el control de estas empresas sobre el acceso a los recursos o servicios que detentan y los denominados (gatekeeper). Una definición de plataforma corresponde a “las entidades mediadoras que crean valor facilitando las interacciones entre agentes que operan en diferentes lados de un mercado digital de dos o múltiples caras” 1879 - 1880 Para comprender el nuevo ecosistema digital y los agentes que intervienen resulta ilustrativa la cadena de valor presentada por AT. Kearny. 1881 - 1882 1879Hoelck, Katharina y Ballon, Pier. Competitive Dynamics in the ICT Sector Strategic Decision in Plataform Ecosystems Com- munications & Strategics, (99), 52. 2015). Citado por Pérez Martínez y Martín Núñez. pág. 13. También puede verse la con- sulta pública de la Comisión Europea sobre el entorno de las plataformas, los intermediarios en línea, los datos y el “cloud computing” y la economía colaborativa, en la cual se refiere a las plataformas como “empresas que operan simultáneamente en mercados dobles o múltiples que utilizan internet para posibilitar interacciones entre dos o más grupos de usuarios diferentes, pero independientes, con el fin de generar valor para al menos uno de los grupos .https://ec.europea.eu/digital-single-market/ news/public/-consultation-regulatory-environmentplataforms-online-intermediaries-data-and-cloud Pérez Martínez, Jorge y Martín Núñez, José Luis. Regulación del Ecosistema Digital. En “El ecosistema digital y las autori- dades de regulación de los sectores audiovisual y TIC. Director. Edgar González López. Bogotá. Universidad Externado de Colombia. 2017, pp, 1285. Los autores se refieren a las denominaciones utilizadas por Ballon, Pleter, The Platformisatation of the Europeam mobile Industry. Communications & Strategies, (75), 15. 2009. 1880Las características principales que identifican a las plataformas y su gran poder de mercado, frente al derecho a la compe- tencia y a la protección de los usuarios están resumidas por Jorge Pérez Martínez y José Luis Martín Núñez, así: a) Incorporan el control de acceso a los recursos o servicios, lo que se denomina como gatekeeper, es decir, imponen las condiciones (plataformas de aplicaciones móviles como el Smartphone y el Iphone. b) Actúan como intermediarios entre los usuarios finales y los proveedores de contenidos o de servicios finales. c) Se apoyan en un recurso tecnológico, en una inversión no replicable o en externalidades de red que tienen la naturaleza de “facilidades esenciales”. d) Actúan como reguladores del mercado al imponer obligaciones al resto de los agentes, sustituyendo a las autoridades públicas o de regulación. 1881Ibídem. 1882Se trata de un cuadro ilustrativo que enuncia algunos operadores de la cadena de valor del nuevo ecosistema digital, pero que no puede considerarse taxativa.

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