Memoria 2022
MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 1500 Del contenido de las normas no se infieren elementos de distinción entre los servicios de la Sociedad de la Información y las Comunicaciones electrónicas más allá de lo expuesto, esto es, en principio, que los servicios de la Sociedad de la Información puedan prestarse sin mayores obstáculos regulatorios, pues tienen como objetivo el fomento y desarrollo de las actividades económicas en línea. Además, el prestador de estos servicios puede incorporar el tratamiento y el almacenamiento de datos. Finalmente, en este contexto normativo, es importante destacar la discusión que se ha planteado en Alemania sobre la naturaleza jurídica del servicio de correo electrónico gmail prestado por Google, considerado por el regulador alemán como un servicio de telecomunicaciones y, en consecuencia, sometido a las cargas y obligaciones especiales prevista para estos servicios. 1862 En decisión de primera instancia, la Corte Administrativa de Colonia confirmó la tesis del regulador alemán, sobre la calificación del servicio de correo electrónico prestado por Google, bajo la consideración de que se trataba de un “servicio de telecomunicaciones” para ello, tomó en cuenta que es un servicio (a) usualmente prestado por una remuneración y (b) consiste principalmente en la transmisión de señales sobre las redes de telecomunicaciones. 1863 No obstante, en virtud de la apelación presentada por Google, la Alta Corte Administrativa del Norte de Rhine-Westphalia recientemente decidió referir el caso al Tribunal de Justicia Europeo para que emita una decisión preliminar de conformidad con la definición de las comunicaciones electrónicas contenidas, en las Directivas del Parlamento y del Consejo Europeo. 1864 La decisión del Tribunal Europeo podría dar luces sobre las características y calificación de los servicios prestados por internet. Sin embargo, el tema aún está por definirse y el debate alemán solo confirma la falta de claridad y la dificultad existente, también en Europa, para diferenciar los servicios de las comunicaciones electrónicas de los servicios de la sociedad de la Información. 1862En 2012, el regulador Alemán de telecomunicaciones (Bundesnetzagentur, “BNetzA”) solicitó a Google “notificar” su ser- vicio de Gmail (correo electrónico) como un servicio de telecomunicaciones y, en consecuencia, sometido a la respectiva regulación de este servicio. Google rechazó hacerlo. Después de años de disputa, la Corte Administrativa de Colonia, en decisión de noviembre de 2015 confirmó la solicitud de BNetzA. Cfr. Andreas Grünwald and Christoph NüBing, “German Court: Google’s Gmail is a Regulated Telecoms Service. Publicado en Morrison Foerters, el 12/10/2015. Consultado el 15 de abril de 2018 en: https://www.mofo.com/resources/publications/german-court-googles-gmail-is-a-regulated-telecoms-ser- vice.html. 1863Ibídem. 1864Noticia publicada el 1 de marzo de 2018, con el título “Gmail è una società Tlc? L’ultima parola alla Corte di Giustizia Ue, en el sitio web: https://www.key4biz.it/gmail-societa-tlc-lultima-parola-alla-corte-giustizia-ue/214445/. Consultado el 15 de abril de 2018.
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