Memoria 2022

MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 1490 servicios de acceso a internet de banda ancha, encuadran directamente dentro de la excepción de administración de sistemas de la definición de “servicio de información”. Por lo tanto, cuando son ofrecidos con los servicios de acceso a internet de banda ancha, estos servicios integrados no convierten el servicio de acceso a internet de banda ancha en un servicio de información”. 1840 Más adelante, esta posición disidente afirma que no es cierto que el servicio de acceso a internet de banda ancha sea un servicio funcionalmente integrado, por el solo hecho de que ofrezca en conjunto varios servicios. Al respecto, pone como ejemplo, los servicios de almacenamiento en la nube, correo electrónico y protección contra spam. Para esta posición, estos servicios adicionales no están inexorablemente entrelazados con el servicio de transmisión, sino que son un producto de la decisión de promoción del proveedor de no ofrecerlos separadamente. Por ende, señala esta tesis que no hay duda que el servicio de transmisión prestado por los proveedores de banda ancha es funcionalmente distinto y puede separarse de la aplicación de internet que ellos ofrecen. Es diciente y fundamental el comentario que se hace del pronunciamiento de la Corte Suprema, en el sentido de que: “una compañía no puede escapar de la regulación del título II” de un “servicio de telecomunicaciones” “simplemente empaquetando ese servicio con el buzón de voz” o servicio de información similares. Al respecto señaló: “El servicio de acceso a internet no est inextricablemente entrelazado con servicios de información adicionales. Algunos consideran que el servicio de acceso a internet de banda ancha debe ser un servicio de información funcionalmente integrado porque es ofrecido en conjunto con servicios de información, tales como servicios de almacenamiento en la nube, correo electrónico, y protección contra spam. Nosotros encontramos que tales servicios no est n inexorablemente entrelazados con el servicio de transmisión de banda ancha, sino que son un “producto de la decisión de promoción del proveedor de no ofrecerlos separadamente”. El servicio de transmisión prestado por los proveedores de banda ancha es funcionalmente distinto de la aplicación de internet adicional que ellos ofrecen. Los prestadores del servicio no pueden evitar el mbito del título II solamente atando el servicio de acceso a internet de banda ancha con servicios de información. Como la mayoría de la Corte Suprema lo señaló en Brand X, citando el reporte Stevens, “una compañía no puede escapar de la regulación 1840Traducción libre. Texto original: “…For the reasons discussed above, we find that broadband Internet access service, as offered by both fixed and mobile providers, is best seen, and is in fact most commonly seen, as an offering (in the words of Justice Scalia, dissenting in Brand X) “consisting of two separate things”: “both ‘high-speed access to the Internet’ and other ‘applica- tions and functions.’” … Although broadband providers in many cases provide broadband Internet access service along with information services, such as email and online storage, we find that broadband Internet Access service is today sufficiently independent of these information services that it is a separate “offering.”971 We also find that domain name service (DNS)972 and caching,973 when provided with broadband Internet access services, fit squarely within the telecommunications systems management exception to the definition of “information service.”974 Thus, when provided with broadband Internet access services, these integrated services do not convert broadband Internet access service into an information service”. Ibídem.

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