Memoria 2022

MEMORIA 2022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 1454 de telecomunicaciones regulados por el Decreto 1900 de 1990, y por ende no modificó el régimen previsto en este Estatuto. ii) Ley 1341 de 2009. Consideraciones generales Como se analizó, las telecomunicaciones, como servicio público tenían un régimen jurídico propio, que regulaba tanto los servicios de telecomunicaciones, como los bienes necesarios para dicha prestación, entre ellos, las redes de telecomunicaciones y el espectro radioeléctrico. Por otra parte, las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), no tenían un régimen jurídico autónomo y por ende, correspondían en general a una actividad económica regida por las leyes del mercado y de la competencia. 1770 En este contexto, se expide la Ley 1341 de 2009 que pretendía regular el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, incorporando en este concepto general, el régimen de las telecomunicaciones. Según se desprende de la exposición de motivos así como de su contenido, la justificación de esta ley encontraba asidero en la necesidad de regular las TIC, no solo desde la perspectiva de los servicios, entre ellos, los de telecomunicaciones, sino como instrumentos necesarios para garantizar el acceso a la Sociedad de la Información y del Conocimiento. En efecto, el art. 3 de la ley reconoce que el acceso y uso de las TIC, “son pilares para la consolidación de las sociedades de la información y del conocimiento” 1771 . No obstante el objetivobuscado, la realidaddel contenidode leymuestraque lamayoríade lasdisposiciones de la Ley 1341 de 2009 están referidas de manera específica a las telecomunicaciones y no a las TIC en su concepto general, como se expondrá a continuación. Es importante aclarar que aunque las TIC corresponden al concepto genérico y las telecomunicaciones a una de sus especies, lo cierto es que del contenido de la norma se observa que las TIC y las telecomunicaciones tienen un régimen especial y diferente. 1772 En cuanto al régimen de las TIC, la ley se preocupó por diferenciar, por una parte, el régimen de los servicios de las TIC, incluidos los de telecomunicaciones y, por otra, el 1770 Artículos 333 y 334 C.P. 1771De manera adicional, el art. 2 de la Ley 1341 de 2009, se mencionan a las TIC, no solo como una herramienta necesaria para la masificación del Gobierno en línea, desde el punto de vista de la administración pública, sino también como elemento vital para el desarrollo de la sociedad, como es el caso del derecho a la información y a la educación, al acceso al conoci- miento, a la ciencia y a la técnica. 1772 En la legislación de telecomunicaciones no es extraño este fenómeno. Así, en el concepto de redes de telecomunicaciones, se encuentra comprendido el espectro radioeléctrico (ERE). No obstante, dada su importancia, por tratarse en algunos ca- sos de un recurso escaso, la ley le estableció un régimen especial y diferente, para su uso del mismo. Así el ERE requiere un permiso otorgado por la autoridad competente, a diferencia de la instalación de redes que tienen una habilitación general.

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