Memoria 2022

TERCERA PARTE CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL AÑO 2022 1153 obstante, la explotación económica estaba sujeta a que la entidad titular demostrara el potencial comercial del intangible o derecho. Y le correspondía a Colciencias, junto con el Departamento Nacional de Planeación, la definición de los instrumentos jurídicos y financieros para llevar a cabo la comercialización de los derechos de propiedad intelectual y demás intangibles. Sobre el particular, la exposición de motivos dijo: El DNPy los demásmiembros de laComisión Intersectorial de Propiedad Intelectual CIPI actualizarán la política de propiedad intelectual del país, la cual incluirá temas en materia de derecho de autor y derechos conexos, y se armonizará con la política integral de la economía naranja . Además, se constituirá el inventario de propiedad intelectual del sector público, el cual incluirá los proyectos financiados con el Presupuesto General de la Nación y el Sistema General de Regalías, con el objeto de aprovechar los bienes intangibles del Estado . Con este insumo, Bancóldex e iNNpulsa apalancarán recursos provenientes de capitales semillas y de riesgo para promover emprendimientos de base tecnológica y de industrias creativas y culturales. Así mismo, se crearán los instrumentos mecanismos jurídicos y financieros necesarios que permitan la transferencia y o comercialización de dichos bienes tangibles e intangibles del Estado 1416 . (Se resalta). En tal virtud, uno de los propósitos del Gobierno Nacional, plasmados en la Ley 1955, fue el de aprovechar los bienes intangibles del Estado, a través de los mecanismos jurídicos y financieros que permitieran su comercialización. Todo ello, para promover emprendimientos en materia de tecnología, ciencia e innovación, y para fomentar las industrias creativas y culturales, atendiendo el compromiso del actual Gobierno de formular una política integral para la economía creativa 1417 ( economía naranja ), que comprende sectores relacionados con la creación, la producción y la comercialización de bienes intangibles, enmuchos casos protegidos por las normas de propiedad intelectual 1418 . El artículo aprobado, que corresponde al 167 de la Ley 1955 de 2019, 1419 señala: Artículo 167 . Bienes intangibles o derechos de propiedad intelectual de las entidades públicas. La entidad pública que sea titular de bienes intangibles y derechos de propiedad intelectual podrá negociar su explotación comercial. Los beneficios o regalías que se generen de la explotación comercial del bien intangible o derecho de propiedad intelectual de titularidad de la entidad pública, deberán ser destinados para el apoyo e inversión a los programas, proyectos, 1416 Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. «Pacto por Colombia, Pacto por la equidad». Gaceta del Congreso nº. 33 del 7 de febrero de 2019, pág. 420. 1417 Art. 4 de la Ley 1834 de 2017. 1418 Cfr. Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. «Pacto por Colombia, Pacto por la equidad». Gaceta del Congreso nº. 33 del 7 de febrero de 2019, pág. 466. 1419 Cfr. Artículo 172 del «Texto definitivo aprobado en sesión plenaria el día 02 de mayo de 2019 al proyecto de ley No. 227 de 2019 Senado- 311 de 2019 Cámara ´Por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2018 – 2022. Pacto por Colombia, Pacto por la equidad´». Gaceta del Congreso núm. 315 del 7 de mayo de 2019, pág. 58.

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