Memoria 2022
TERCERA PARTE CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL AÑO 2022 1141 Por medio del Decreto 533 de 1994 1375 , se reglamentó la Decisión 345 de 1993 1376 , y se estableció el régimen común de protección de los derechos de los obtentores de variedad vegetal 1377 . Dicha disposición reiteró la protección legal a las variedades vegetales, mediante el reconocimiento de los derechos del obtentor o creador, a través del otorgamiento de un certificado de obtentor, y asignó al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) la obligación de proteger las variedades vegetales y el deber de administrar el «Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas», entre otras 1378 . 7. Derechos de autor Los derechos de autor comprenden los derechos de los creadores sobre sus obras literarias, científicas y artísticas. Las obras que se protegen van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas, hasta los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos 1379 . Aunque las legislaciones no consagran listas exhaustivas de las obras o creaciones amparadas por el derecho de autor, de acuerdo con el desarrollo mundial de esta materia, las obras que habitualmente se protegen son las siguientes 1380 : • las obras literarias, como las novelas, los poemas, las representaciones escénicas, las obras de referencia y los artículos periodísticos; • los programas informáticos y las bases de datos; • las películas, las composiciones musicales y las coreografías; • las obras artísticas, como los cuadros, los dibujos, las fotografías y las esculturas; • la arquitectura; y • los anuncios, los mapas y los dibujos técnicos. La protección del derecho de autor abarca sólo las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos, en sí. El derecho de autor puede amparar o no elementos como los títulos, los lemas o logotipos, dependiendo de que la paternidad de la obra sea suficiente 1381 . Lo que sí resulta claro es que el derecho 1375 «Por el cual se reglamenta el régimen común de protección de derechos de los obtenedores de variedad vegetal». Modifica- do por los Decretos 2468 de 1994 y 2687 de 2002. 1376 Cfr. considerandos del Decreto 345 de 1993. 1377 El artículo 1 establece el ámbito de aplicación en los siguientes términos: «el presente Decreto se entiende a todas las variedades cultivadas de los géneros y especies botánicas, siempre que su cultivo, posesión o utilización no se encuentren prohibidos por razones de salud humana, animal o vegetal». 1378 La Resolución 1893 de 1995 expedida por el ICA ordenó la apertura del «Registro Nacional de Variedades Vegetales Pro- tegidas» y estableció el procedimiento para la obtención del Certificado de Obtentor, entre otras disposiciones. 1379 Cfr. ¿Qué es el derecho de autor? Consultado el 21 de enero de 2021, en https://www.wipo.int/copyright/es. 1380 Ibídem. 1381 Ibidem .
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