Memoria 2021
920 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE acciones de reingeniería, fortalecimiento, articulación y promoción de la UNAD Florida” , por lo que la universidad expidió el Acuerdo 021 del 14 de septiembre de 2016 mediante el cual “compiló y articuló la gestión, organización, (sic) jurídica, administrativa, financiera de la UNAD Florida como seccional en el ámbito internacional de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD” . Con base en lo antes reseñado formulas siguientes PREGUNTAS : “1. El artículo 59 de la Ley 30 de 1992 establece que: “A partir de la vigencia de la presente ley, la creación de universidades estatales u oficiales o de seccionales y demás instituciones de educación superior estatales u oficiales debe hacerse previo convenio entre la Nación y la entidad territorial respectiva, en donde se establezca el monto de los aportes permanentes de una y otra. Este convenio formará parte del estudio de factibilidad requerido”. A partir de los límites legales territoriales establecidos, se pregunta a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Honorable Consejo de Estado: ¿Es posible que la UNAD como ente universitario autónomo tenga una Seccional en los Estados Unidos de América? 2. De acuerdo con el artículo 57 de la Ley 30 de 1992, los entes universitarios autónomos como es el caso de la UNAD tienen las siguientes características: personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera, patrimonio independiente, elaboración y manejo de su presupuesto, organización y elección de directivas, de personal docente y administrativo, régimen financiero, de contratación, control fiscal y seguridad social, las características anteriormente descritas permiten a su vez, establecer los atributos de la personalidad de los entes universitarios autónomos, a semejanza de los atributos de las personas jurídicas en la teoría del derecho civil, tales como el nombre, el domicilio, la nacionalidad, la capacidad y el patrimonio, las cuales se integran en una sola persona jurídica. A partir de lo anteriormente expuesto, se pregunta a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Honorable Consejo de Estado: i) ¿Es posible que la UNAD cuente con dos personerías jurídicas, la que es conferida por el Ministerio de Educación Nacional en Colombia y la que es conferida por el Departamento de Educación del Estado de la Florida (EE.UU. ), para la Seccional UNAD Florida? ii) ¿Una Seccional de la UNAD puede tener personería jurídica en Colombia o en los Estados Unidos? iii) ¿Es posible que la Seccional de la UNAD en la Florida tenga personería jurídica propia, conforme a las leyes administrativas, académicas, presupuestales y tributarias del Estado de la Florida, y a su vez dependa académica, administrativa y financieramente de la UNAD Colombia?
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