Memoria 2021
882 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE enero del segundo año gravable siguiente al de su promulgación, a menos que en virtud de su complejidad, consideren necesario establecer un plazo diferente. Cuando el plazo sea menor y la norma promulgada corresponda a aquellas materias objeto de remisión expresa o no reguladas por las leyes tributarias, para efectos fiscales se continuará aplicando, hasta el 31 de diciembre del año gravable siguiente, la norma contable vigente antes de dicha promulgación”. B) Las normas que se dicten con fundamento en la Ley 1314 de 2009: naturaleza jurídica, entrada en vigencia y derogatoria de las disposiciones anteriores En primer lugar, es pertinente señalar que, con fundamento en la Ley 1314 de 2009, o en desarrollo de la misma, el Gobierno Nacional ha expedido, hasta ahora, los siguientes decretos, entre otros: Decreto 691 de 2010 894 , Decreto 1955 de 2010 895 , Decreto 3048 de 2011 896 , Decreto 3567 de 2011 897 , Decreto 2706 de 2012, Decreto 2784 de 2012, Decreto 1851 de 2013 898 , Decreto 3019 de 2013 899 , Decreto 3022 de 2013, Decreto 3023 de 2013 900 , Decreto 3024 de 2013 901 , Decreto 2548 de 2014 902 , Decreto 2615 de 2014 903 , Decreto 302 de 2015, Decreto 2420 de 2015 y Decreto 2496 de 2015, entre otros. En la mayoría de los decretos anteriormente mencionados se utiliza el calificativo de “reglamentarios”, o se dice que “reglamentan” determinadas normas o asuntos de la Ley 1314, o bien se cita, entre sus fundamentos normativos, el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política 904 . Adicionalmente, varios de los decretos citados se encuentran compilados actualmente en el Decreto 2420 de 2015, denominado “Decreto Único Reglamentario” de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información. La Corte Constitucional se refirió tangencialmente a la naturaleza de tales decretos en la sentencia C-1018 de 2012, antes citada, denominándolos “normas reglamentarias”, 894 “Por el cual se modifica la conformación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública y se dictan otras disposiciones”. 895 “Por el cual se modifica parcialmente la estructura de la Junta Central de Contadores y se dictan otras disposiciones”. 896 “Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información”. 897 “Por el cual se dictan disposiciones en materia de organización y funcionamiento del Consejo Técnico de la Contaduría Pública”. 898 “Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativa (sic) para los preparadores de información financiera que se clasifican en el literal a) del parágrafo del artículo 1° del Decreto número 2784 de 2012 y que hacen parte del Grupo 1”. 899 “Por el cual se modifica el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas, anexo al Decreto 2706 de 2012”. 900 “Por el cual se modifica parcialmente el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de la información financiera que conforman el Grupo 1, contenido en el anexo del Decreto 2784 de 2012”. 901 “Por el cual se modifica el Decreto 2784 de 2012 y se dictan otras disposiciones”. 902 “Por el cual se reglamentan los artículos 4 de la Ley 1314 de 2009, 165 de la Ley 1607 de 2012, 773 y 774 del Estatuto Tribu- tario”. 903 “Por el cual se modifica parcialmente el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de la información financiera que conforman el Grupo 1 previsto en el Decreto 2784 de 2012, modificado por el anexo del Decreto 3023 de 2013”. 904 Que consagra, como función propia y permanente del Presidente de la República, la de “ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos, resoluciones y órdenes necesarios para la cumplida ejecución de las leyes”.
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