Memoria 2021
651 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 17. ALCALDÍA DE ÚMBITA (BOYACÁ), FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S. (SAE). Asunto: Competencia para resolver de fondo una petición relacionada con la administración de un vehículo afectado con medida cautelar dentro de un proceso de extinción del dominio. Radicado 2021-00089 Fecha: 01/12/2021 Consejero Ponente: Ana María Charry Gaitán La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en cumplimiento de la función prevista en los artículos 39 y 112, numeral 10°, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), Ley 1437 de 2011, modifica dos por la Ley 2080 de 2021 676 , resuelve el conflicto negativo de competencias suscitado entre las partes de la referencia. I. ANTECEDENTES De acuerdo con los documentos que obran en el expediente, el presente conflicto se originó en los siguientes antecedentes 677 : 1. Mediante decisión del 21 de noviembre de 2005, la Fiscalía 20 Delegada adscrita a la Unidad Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio y el Lavado de Activos, dentro del proceso identificado con el núm. 756 E.D., decretó el inicio de la acción de extinción de dominio y ordenó «el embargo, secuestro y consecuente suspensión del poder dispositivo» de algunos bienes, entre ellos, el vehículo identificado con la matrícula ARQ-158, de propiedad del señor Juan de Jesús Londoño Sierra 678 ; 2. El 8 de septiembre de 2006, la subdirectora de Bienes de la extinta Dirección Nacional de Estupefacientes (en adelante, DNE) dictó la Resolución 1050, mediante la cual revocó la Resolución 0198 del 20 de febrero de 2006, y otorgó la destinación provisional del vehículo citado a la Alcaldía del municipio de Úmbita (Boyacá), con base en lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 785 de 2002 679 , según el cual, tratándose de la destinación provisional de vehículos, se debe preferir a entidades oficiales del orden territorial. 676 Por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo –Ley 1437 de 2011– y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción. 677 Todos los hechos que obran en este capítulo fueron tomados de la carpeta de formulación del conflicto, en el expediente digital. 678 Expediente digital Carpeta Fiscalía General de la Nación, petición, anexos, folio n.° 8. 679 Por la cual se dictan disposiciones relacionadas con la administración de los bienes incautados en aplicación de las Leyes 30 de 1986 y 333 de 1996.
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