Memoria 2021
505 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 12. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE PEREIRA (RISARALDA) Y ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BELALCÁZAR (CALDAS. Asunto: Autoridad competente para conocer de la inspección, control y vigilancia en materia de arrendamiento de bienes raíces, destinados a vivienda urbana. Radicado 2021-00023 Fecha: 12/05/2021 Consejero Ponente: Óscar Darío Amaya Navas La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en ejercicio de la competencia que le confiere el artículo 39, en armonía con el artículo 112, numeral 10, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), procede a estudiar el conflicto negativo de competencias administrativas de la referencia. I. ANTECEDENTES De acuerdo con los documentos remitidos, se resumen los antecedentes así: 1. El 26 de junio de 2020, el señor Gerardo Nieto Pérez, a través de la doctora Maritza Viviana Castaño Bello, en calidad de apoderada, solicitó al representante legal de la sociedad Entorno Soluciones Inmobiliarias Integrales S.A.S. la entrega material de los bienes inmuebles de propiedad del señor Nieto 500 . 2. El 2 de julio de 2020, la sociedad Entorno Soluciones Inmobiliarias Integrales S.A.S. le manifestó al señor Nieto que no le podía hacer entrega de los inmuebles, debido al « contrato de administración 501 » vigente, celebrado con el señor Jhon Jairo Valencia Nieto 502 . 3. El 30 de julio de 2020, el señor Gerardo Nieto Pérez, a través de su apoderada, solicitó a la Alcaldía de Pereira (Risaralda) que ejerciera inspección, control y vigilancia sobre la sociedad Entorno Soluciones Inmobiliarias Integrales S.A.S. 503 Lo anterior, en razón a que esta sociedad inmobiliaria tiene en arriendo, sin autorización, los siguientes bienes inmuebles de propiedad del señor Gerardo Nieto: (a) lote núm. 2 ubicado en el municipio de Belalcázar, con matrícula inmobiliaria núm. 103.25258 de la oficina de instrumentos públicos de Anserma 504 ; y (b) casa de habitación ubicada en 500 Folios 22 a 24 del expediente magnético. 501 Conforme a la Sentencia C-102 de 2011, los Contrato de administración: «[…] son los que celebran los propietarios de inmuebles con personas naturales o jurídicas dedicadas profesional y habitualmente al arrendamiento de inmuebles de vivienda urbana, para efectos de regular la relación jurídica entre estas dos partes, como supuesto previo al acto de dar en arriendo dichos inmueble. […]». 502 Folios 46 y 47 del expediente magnético. 503 Folios 14 a 18 del expediente magnético. 504 Folios 27 y 28 del expediente magnético.
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