Memoria 2021

487 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL de Bogotá, en una (1) vacante definitiva del empleo denominado Oficial de Migración, Código 3010, Grado 13, perteneciente a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, declarada desierta mediante la resolución No.20172120028795 del 05 de mayo de 2017 en el marco de la Convocatoria No. 331 de 2015, identificada en la Oferta Pública de empleos – OPEC con el número 211916. 8. En el acto administrativo núm. 20181020035625 de 2018, la Comisión Nacional del Servicio Civil determinó que es competente «para administrar y vigilar los sistemas específicos, entre ellos el del personal de carrera que prestaba sus servicios en el extinto Departamento Administrativo de Seguridad - DAS» y señaló: Que con la supresióndel empleodel cual era titular conderechosde carrera administrativa el señor JUAN PABLO PUERTA AGUIRRE y luego que éste opto por ser reincorporado, surge para él la protección de permanecer en el sistema de carrera, mediante Actuación Administrativa compete a la Comisión Nacional del Servicio Civil, quien determinara la posibilidad de disponer la continuidad de la vinculación del ex-servidor público en alguno de los empleos de carrera pertenecientes a las entidades sujetas a la administración y vigilancia, siguiendo para ello el orden previsto por los numerales 1.1 a 1.5 del artículo 28 del Decreto Ley 760 de 2005 Por lo tanto, y en lo que compete a esta Comisión Nacional el procedimiento de reincorporación, regulado por el número 28.1 del artículo Ley 760 de 2005, establece que la misma se efectuara en un empleo de carrera igual o equivalente que esté vacante o provisto mediante encargo o nombramiento provisional, o que de acuerdo con las necesidades del servicio se creen en las plantas de personal, en el siguiente orden: “(…) 28.1.2. En la entidad o entidades que asuman las funciones del empleo suprimido. […]. 9 . El 21 de mayo de 2018, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia (UAEMC) a través de la Resolución núm. 1277, dispuso: ARTÍCULO PRIMERO. - Reincorporar, a partir de la fecha de posesión, al señor JUAN PABLO PUERTA AGUIRRE , identificado con Cédula de Ciudadanía 80.062.281 de Bogotá, en el empleo de OFICIAL DE MIGRACIÓN código 3010 Grado 13, con derechos de carrera administrativa de la Planta Global de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, asignado a la Regional Aeropuerto Eldorado (sic). 10. El 16 de noviembre de 2020, la apoderada judicial del señor Puerta Aguirre solicito, mediante derecho de petición, a la Unidad Administrativa Especial de

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