Memoria 2021
472 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2021 11. Diseñar e implementar sistemas de seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos relacionados con el cumplimiento de la misión institucional. 12. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Entidad. De la norma transcrita se observa que las funciones de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios se orientan a la adecuada atención de los requerimientos en materia de infraestructura, bienes y servicios de los establecimientos carcelarios nacionales, y están estructuradas para desarrollarse, dentro de su objetivo, en armonía, coordinación y apoyo del INPEC y del Ministerio de Justicia y del Derecho 471 . Junto con la creación de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios, se expidió el Decreto 4151 de 2011 472 , con el cual se hicieron modificaciones al INPEC para «hacer coherente la organización y funcionamiento del sistema penitenciario y carcelario» 473 . Como funciones del INPEC, el artículo 2º de dicho decreto consagró (subrayas añadidas): ARTÍCULO 2°. FUNCIONES. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, tendrá las siguientes funciones: 1. Coadyuvar en la formulación de la política criminal, penitenciaria y carcelaria. 2. Ejecutar la política penitenciaria y carcelaria, en coordinación con las autoridades competentes, en el marco de los derechos humanos, los principios del sistema progresivo, a los tratados y pactos suscritos por Colombia en lo referente a la ejecución de la pena y la privación de la libertad. 3. Diseñar e implementar los planes, programas y proyectos necesarios para el cumplimiento de la misión institucional. 4. Diseñar e implementar sistemas de seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos mencionados en el numeral anterior. 5. Crear, fusionar y suprimir establecimientos de reclusión, de conformidad con los lineamientos de la política penitenciaria y carcelaria. 471 Del consejo directivo de la Unidad hace parte el Ministro de Justicia y el director del INPEC; entre las funciones del consejo se encuentran las de «Impartir instrucciones al Director en relación con la administración de los Fondos u otros sistemas de manejo de cuentas que se asignen a la Unidad para el cumplimiento de su objeto y «Aprobar el proyecto de presupuesto anual y las modificaciones al presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC)» (artículo 8º del Decreto Ley 4150 de 2011). 472 Decreto 4151 de 2011 (noviembre 3), «Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional Penitenciario y Carcela- rio, INPEC, y se dictan otras disposiciones». Expedido por el presidente de la República en ejercicio de las facultades del artículo 189, numeral 14 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 54 de la Ley 489 de 1998. 473 Considerandos Decreto Ley 4150 de 2011.
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