Memoria 2021
349 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL de funciones administrativas por autoridades carentes de competencia deviene en causal de anulación de las respectivas actuaciones y decisiones. Como la suspensión de los términos es propia del procedimiento y no del contenido o alcance de la decisión que deba tomar la Sala, en la parte resolutiva se declarará que, en el presente asunto, los términos suspendidos se reanudarán o comenzarán a correr a partir del día siguiente al de la comunicación de esta decisión. 3. Aclaración previa El artículo 39 del CPACA le otorga a la Sala de Consulta y Servicio Civil la función de definir la autoridad competente para adelantar o continuar un trámite administrativo en concreto. Por tanto, esta Sala no puede pronunciarse sobre el fondo de la solicitud o el derecho que se reclama ante las entidades estatales frente a las cuales se dirime la competencia. Las eventuales alusiones que se hagan a aspectos propios del caso concreto serán las necesarias para establecer las reglas de competencia. No obstante, le corresponde a la autoridad que sea declarada competente, verificar los fundamentos de hecho y de derecho de la petición o del asunto de que se trate, y adoptar la respectiva decisión de fondo. Debe agregarse que la decisión de la Sala sobre la asignación de competencia, se fundamenta en los supuestos fácticos puestos a consideración en la solicitud y en los documentos que hacen parte del expediente. 4. Problema jurídico Conoce la Sala el conflicto negativo de competencias administrativas surgido entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), con el fin de determinar cuál de estas dos entidades es la competente para resolver una solicitud de registro de canales temáticos satelitales, presentada por RCN Televisión S.A. Con este propósito, la Sala se referirá a: i) Autoridades administrativas que cumplen funciones respecto del servicio público de televisión: aspectos generales y funciones relacionadas con el registro de canales temáticos satelitales: Comisión Nacional de Televisión, Agencia Nacional de Televisión, MinTIC y CRC, y ii) el caso concreto. 4.1. Competencia de las autoridades administrativas respecto del servicio público de televisión A. Comisión Nacional de Televisión (en adelante, CNTV) A.1. Aspectos generales de la CNTV y del servicio de televisión En los antiguos artículos 76 y 77 de la Constitución de 1991 se mencionaba que, respecto a la utilización del espectro electromagnético para los servicios de televisión, se crearía un
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