Memoria 2021
244 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2021 18. Fomentar la constitución de las asociaciones campesinas y las organizaciones gremiales agropecuarias, así como la cooperación entre estas y los organismos del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. En desarrollo de esta función ejercerá el control y vigilancia sobre este tipo de formas asociativas. Por su parte, en relación con las funciones de la Oficina Asesora Jurídica, se señaló: Artículo 2º. Aclarar el artículo 7º del Decreto 2478 de 1999, el cual quedará así: Artículo 7º . Oficina Jurídica . La Oficina Jurídica cumplirá las siguientes funciones: Parágrafo. La Oficina Jurídica ejercerá el Control y Vigilancia sobre las Organizaciones Gremiales Agropecuarias y Asociaciones Campesinas Nacionales, para lo cual el Ministerio expedirá la reglamentación respectiva para el adecuado ejercicio de Control y Vigilancia. Corresponde en este mismo sentido, a las Secretarías de Gobierno Municipales y/o Distritales ejercerla sobre las Organizaciones Gremiales Agropecuarias y Asociaciones Campesinas Municipales, Departamentales o Regionales. De esta manera, el Decreto 967 pretende «reasumir» las funciones establecidas en el Decreto Ley 1279 de 1994, frente a la competencia de la oficina asesora jurídica de ejercer el control y vigilancia sobre las Organizaciones Gremiales Agropecuarias y Asociaciones Campesinas Nacionales. Respecto a las demás organizaciones y asociaciones, que califica de «municipales, departamentales o regionales», señala que la competencia corresponde a las «Secretarías de Gobierno Municipales y/o Distritales», función que también se les atribuía en el Decreto Ley 1279, pero según la «sede de cada una de ellas». Debe tenerse presente que el Decreto 967 de 2001 es de carácter administrativo y, por lo mismo, violaría el principio de reserva de ley previsto en el artículo 150, numeral 8, sobre las funciones de inspección y vigilancia. Ahora, independiente de la discusión sobre la naturaleza y alcance de los decretos dictados con base en el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 16 del artículo 189 CP, aspecto que analizará la Sala más adelante, es indiscutible el hecho de que el Decreto 967 continuó asignando la función de inspección y vigilancia sobre las mencionadas organizaciones y asociaciones nacionales a Minagricultura tal como se ha verificado desde 1968, según se ha explicado. iv) Decreto 1985 de 2013, «[P]or el cual semodifica la estructura del Ministerio de Agricultura y se determinan las funciones de sus dependencias» Dicho decreto fue expedido con base en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998. Respecto a las derogatorias el artículo 26 del Decreto
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz