Memoria 2021

234 SEGUNDA PARTE SELECCIÓN DE CONFLICTOS DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS 2021 d. Recapitulación: Del recuento realizado no cabe duda de que antes de la Constitución de 1991, las funciones de vigilancia, control y sanción sobre organizaciones gremiales agropecuarias, empresas comunitarias y asociaciones de usuarios de los servicios agropecuarios reunían las siguientes características especiales: i) Desde 1968 normas especiales con fuerza de ley , como son los decretos leyes analizados en este numeral, dieron cobertura a las funciones asignadas a Minagricultura y determinaron que dentro de su estructura orgánica, una de sus dependencias adelantase tales funciones de vigilancia y control; ii) Minagricultura, organismo rector de la política agropecuaria, tenía como función «fomentar y apoyar» tales organizaciones y asociaciones, para lo cual debía propender por «la cooperación entre éstas y los organismos del sector público agropecuario»; iii) No requiere mayor explicación el hecho que buena parte de la economía de nuestro país se ha cimentado en el sector agropecuario, al punto de que para la época analizada el café era el principal producto de exportación, por lo que las funciones de vigilancia y control asignadas a Minagricultura se justificaban por la importancia que tienen tales entidades para la economía y el sector agropecuario, como sería el caso de la Federación Nacional de Cacaoteros; iv) Lo anterior explicaría que tales organizaciones o asociaciones, a pesar de ser entidades sin ánimo de lucro, estuviesen sometidas para su vigilancia y control a las normas especiales expedidas para Minagricultura y no a las de carácter general de las demás entidades sin ánimo de lucro. v) Las características especiales anotadas sustentarían la razón por la cual el Decreto Ley 501 de 1989 continuó rigiendo las funciones asignadas a Minagricultura, incluso después de entrar en vigor la Constitución de 1991 y hasta la expedición del Decreto Ley 1279 de 1994. En efecto, las funciones de inspección, vigilancia y control que se disponían en el Decreto Ley 501 eran compatibles con la nueva constitución, en particular en la reserva de ley que se exige para el efecto, según se explicará más adelante. 2. Las funciones de inspección, vigilancia y control en la Constitución de 1991. Reserva de ley para el ejercicio de tales funciones a. El enfoque constitucional en materia de intervención en la economía. Reiteración de la doctrina de la Sala Como lo ha expresado la Sala en múltiples oportunidades y en ocasión reciente a raíz del concepto 2403 de 2019, con la expedición de la Constitución de 1991 se pasó de un

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