Memoria 2021
1865 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 2. Con respecto al cierre/liquidación de la Comisión de la Verdad una vez termine la publicación y socialización del Informe Final: a. ¿Debe procederse a su liquidación en los términos previstos en el Decreto 254 de 2000 “Por el cual se expide el régimen para la liquidación de las entidades públicas del orden nacional”? De no ser así, ¿cuál sería el procedimiento y/o la normatividad aplicable para realizar el cierre/liquidación de la Comisión de la Verdad? b. ¿Dentro de qué término debe hacerse el cierre/liquidación de la Comisión de la Verdad? y ¿a partir de qué momento debe contarse ese plazo de cierre/liquidación? c. ¿Qué actividades deben desarrollarse con el Gobierno Nacional para efectos del cierre/liquidación de la Comisión de la Verdad? Lo anterior, tanto en lo referente a las gestiones de los aspectos misionales como en los aspectos presupuestales, laborales, patrimoniales y demás temas administrativos y de funcionamiento. d. ¿Qué destinación debe darse a aquellos bienes que fueron adquiridos por la CEV una vez termine sus labores? ¿Es procedente entregarlos a alguna de las demás entidades que conforman el SIVJRNR como son la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado o la Jurisdicción Especial para la Paz? 3. Si el proceso de publicación y socialización del Informe Final queda por fuera del término de vigencia de la CEV ¿en qué calidad adelantarán los comisionados estos procesos? II. CONSIDERACIONES Para dar respuesta a los interrogantes formulados por el Departamento Administrativo, la Sala analizará los siguientes puntos: i) La verdad y los derechos humanos, ii) las comisiones de la verdad en el sistema internacional de protección de los derechos humanos y los que se consideran como aspectos relevantes para su establecimiento iii) la Comisión de la Verdad en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, iv) la Comisión de la Verdad en el ordenamiento jurídico nacional, v) la Comisión de la Verdad en la jurisprudencia constitucional, vi) naturaleza de la Comisión, vii) el informe final de la Comisión. Necesidad de socialización en las regiones, viii) no permitir y garantizar la divulgación del informe, competencia de la Comisión para la cual no se fijó un término, sería inconstitucional, ix) el principio de legalidad del gasto, x) la analogía para efectos de liquidación, xi) liquidación de entidades públicas del orden nacional, xii) conclusiones y xiii) la expedición de un decreto ejecutivo. A. La verdad y los derechos humanos La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la Resolución 2005/66 de 2005 y el Consejo de Derechos Humanos de la misma Organización en la Resolución
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