Memoria 2021
1862 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE 2ª) La Ley 31 de 1984 en el parágrafo del artículo 1 adicionó la elección del Director Administrativo de las Cajas de Compensación Familiar como una de las decisiones a cargo del Consejo Directivo que requieren una mayoría de las dos terceras partes (2/3) de sus integrantes; 3º) La Superintendencia del Subsidio Familiar tiene facultades para aprobar o improbar los actos de elección de las asambleas de afiliados y organismos directivos de las entidades sometidas a su inspección, vigilancia y control, conforme al artículo 5 del Decreto 2595 de 2012; 4º) La Ley 21 de 1982 y su modificación, la Ley 31 de 1984, y el ordenamiento especial en materia de Cajas de Compensación Familiar no regularon un régimen de mayorías especiales para los casos de remoción de los directores administrativos y en desarrollo de las mismas, este nombramiento solo puede ser efectivo con la votación de las 2/3 partes de los miembros del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar; 5°) Para la Sala, la facultad de elección de los directores administrativos, lleva incorporada la facultad de su remoción o cambio. 6º) Además, el artículo 15 de Ley 1314 de 2009 es norma aplicable a las Cajas de Compensación Familiar porque regula forma de suplir posibles vacíos normativos de los regímenes especiales de las personas jurídicas no comerciantes. Al respecto dispone que, si se advierten vacíos legales en dicho régimen se aplicarán en forma supletoria las disposiciones para las sociedades comerciales previstas en el Código de Comercio y en las demás normas que modifican y adicionen. 7º) El legislador, de forma excepcional, puede extender la aplicación de normas mercantiles a personas jurídicas no comerciantes. En materia de Cajas de Compensación Familiar, disposiciones como el artículo 13 del Decreto 2463 de 1981 han dado aplicación a las normas propias de las sociedades comerciales del Código de Comercio a las Cajas de Compensación Familiar Con base en las consideraciones expuestas en el presente concepto IV. LA SALA RESPONDE: 1.¿ Cuál es la mayoría necesaria para que el Consejo Directivo de una Caja de Compensación Familiar remueva un director administrativo? La mayoría necesaria para que el Consejo Directivo de una Caja de Compensación Familiar remueva a un director administrativo corresponde a una mayoría calificada de dos terceras partes (2/3) de los integrantes del Consejo Directivo, por las consideraciones expuestas en este concepto.
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