Memoria 2021

1600 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE en virtud de convenios especiales de cooperación celebrados por COLCIENCIAS y el FONDO con entidades estatales, o entidades del sector privado cuyo objeto sea asociar recursos, capacidades y competencias interinstitucionales mediante el aporte en común de recursos en dinero, en especie, o de industria para facilitar, fomentar o desarrollar alguna de las actividades científicas, tecnológicas o de innovación y/o ejecutar programas o proyectos de CTel. (...) ARTICULO 6. RECURSOS DERIVADOS DE CONVENIOS ESPECIALES DE COOPERACION CELEBRADOS CON ENTIDADES PRIVADAS O PÚBLICAS. Los recursos a que se refieren los numerales 2 y 3 del artículo 24 de la Ley 1286 de 2009, excepto los de cooperación internacional no reembolsable, ingresaran al Fondo previa celebración de un convenio especial de cooperación que se regulara por las siguientes reglas: En los convenios especiales de cooperación serán partes, la entidad privada o pública aportante de recursos, Colciencias y el Patrimonio Autónomo mediante el cual se administran los recursos del FONDO, a través de su administrador fiduciario, siguiendo instrucciones de Colciencias. Los convenios especiales de cooperación que se celebren deberán tener como objeto la ejecución conjunta de un proyecto de inversión en CTel, formulado de conformidad con las normas aplicables, en donde se identifiquen claramente las actividades que lo componen. (...) 6.3. Dichos convenios especiales de cooperación se podrán celebrar previa aprobación del Comité de Subdirección de Colciencias, que deberá verificar: Que el proyecto objeto del convenio a celebrarse, corresponda a una actividad de CTel. Que el aporte de los recursos humanos y técnicos a cargo de Colciencias, este dentro de sus competencias y se enmarque en su Plan Estratégico de Acción, teniendo en cuenta la naturaleza del proyecto a ejecutar. (...) 6.4. Los recursos destinados por las entidades privadas o públicas a la financiación o apoyo de actividades de CTel ingresaran al Patrimonio Autónomo a través del cual se administran los recursos del FONDO, quien los invertirá transitoriamente v celebrara los actos v contratos necesarios para cumplir tal finalidad. (...)

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