Memoria 2021

1597 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 4.1.3. Los recursos orientados al apoyo de actividades de ciencia, tecnología e innovación. 4.1.4 Las donaciones o legados que le hagan personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y entidades internacionales. 4.1.5. Los rendimientos financieros provenientes de la inversión de los recursos del patrimonio autónomo. 4.2. Bienes Fideicomitidos . El FIDEICOMITENTE, en virtud del presente contrato, transfiere a título de fiducia mercantil a la FIDUCIARIA la cantidad de recursos entregados al momento de la iniciación de la administración del FONDO, a título de aporte. Para el efecto entre las partes se suscribirá un acta que hará parte integral del presente contrato. PARÁGRAFO. Es entendido que las demás sumas de dinero que transfiera el FIDEICOMITENTE al FONDO serán consideradas como ingresos para terceros, de conformidad con las instrucciones que al respecto indique el FIDEICOMITENTE, sobre los programas, proyectos, entidades o actividades de ciencia, tecnología e innovación a los cuales serán destinados tales recursos. En consecuencia, dichas sumas no acrecentarán el aporte realizado con la celebración del presente Contrato de Fiducia Mercantil, de que trata la presente cláusula, por contar con una finalidad específica (…)”. (El subrayado es nuestro) Más adelante, en relación con los contratos y convenios a través de los cuales se realizan los aportes de las entidades públicas y privadas al P.A. del FFJC, y la manera como estos son utilizados para el financiamiento de las actividades de CTeI, el contrato establece: “ DÉCIMA. OBLIGACIONES DE LA FIDUCIARIA: 10.2. Enmateria de financiación de programas, proyectos, actividades y entidades de ciencia, tecnología e innovación (…) 10.2.1. Celebrar con entidades, organismos y personas naturales y jurídicas de cualquier orden y naturaleza jurídica, los Contratos o convenios de aporte de recursos destinados a la financiación de programas, proyectos, actividades y entidades de ciencia y tecnología e innovación, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Manual Operativo y conforme las instrucciones que al respecto imparta el fideicomitente”. 10.2.2. Habilitar y registrar las subcuentas de aporte de recursos y registrar el destino de los mismos, en cumplimiento de lo establecido en los respectivos Contratos o convenios de aporte y las instrucciones del FIDEICOMITENTE”.

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