Memoria 2021
1570 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE docentes que se vinculen a UNITROPICO como docentes de tiempo completo o medio tiempo. En el caso de que el cargo en la nueva planta de personal corresponda a un trabajador oficial, la vinculación deberá hacerse bajo dicha calidad. Por lo tanto, la relación laboral entre UNITROPICO y el empleado será de naturaleza contractual, y en consecuencia, estará regulada por las reglas contrato y las normas internas de la universidad, sin perjuicio de lo dispuesto en disposiciones constitucionales y legales. Por tratarse de un contrato de trabajo, sería aplicable la sustitución patronal, que cubre tanto a empleados particulares como a trabajadores oficiales. Con todo, para su procedencia, deberá verificarse en cada caso, el cumplimiento de los requisitos señalados por la jurisprudencia, esto es: a) el cambio de un empleador por otro; b) la continuidad del objeto social de la empresa; y c) la continuidad en la prestación del servicio por parte del trabajador, mediante el mismo contrato de trabajo. Finalmente, le corresponderá a la universidad pública, dentro de su autonomía universitaria, establecer en sus estatutos las condiciones y características del personal administrativo que requiera para el cumplimiento de sus funciones. En este marco, la universidad pública deberá analizar la incidencia en su planta de personal y del principio de igualdad del personal que llegue a vincular, sobre la situación del personal administrativo de la Fundación, que tenga derecho a reconocimientos extralegales, y sobre su decisión de incorporarlos como consecuencia de la transformación. Lo anterior, teniendo en cuenta que, si decide incorporarlos en las modalidades previstas en sus estatutos para trabajadores oficiales, atendiendo a la naturaleza de esta vinculación, deberán mantenerse los reconocimientos extralegales que les hayan sido otorgados a la fecha de la transformación. 4.3. La transformación de la naturaleza jurídica de UNITROPICO y su impacto en materia sindical 4.3.1. La continuación del sindicato Elministerio consultante pregunta a la Sala si, en caso de existir un sindicato debidamente constituido de trabajadores de la Fundación Internacional del Trópico Americano esta colectividad sindical pasaría a ser el sindicato de la nueva universidad pública en razón a su transformación sin disolución. Frente a este interrogante, la Sala considera que el sindicato podría seguir operando como sindicato de UNITROPICO, una vez este se convierta en universidad pública. Lo anterior, teniendo en cuenta lo siguiente:
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