Memoria 2021

1544 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE se puede afectar la facultad que la Constitución Política confiere a las autoridades de fijar unilateralmente las condiciones de empleo 1683 . (Subrayas de la Sala). Debido a que a los servidores públicos que ostentan la calidad de empleados públicos no les resultan aplicables las normas del derecho colectivo del trabajo, las prerrogativas incorporadas en una convención colectiva de trabajo no les pueden ser reconocidas. En esta dirección ha indicado la Sección Segunda del Consejo de Estado: En el mismo sentido ésta Corporación ha manifestado que los empleados públicos no pueden ser favorecidos por los beneficios pactados en las Convenciones Colectivas, bajo la premisa que ello supone la existencia de un contrato de trabajo, circunstancia que se encuentra regulada por un régimen legal distinto al aplicable a los empleados públicos, y cualquier manifestación que haga extensivos tales acuerdos a los empleados que ostenten aquella calidad, se tendrán como cláusulas ineficaces 1684 . (Subrayas de la Sala). Dentro de este marco, cuando el vínculo laboral de un servidor del Estado se transforma de trabajador oficial a empleado público, a su nuevo estatus no le resultan aplicables las normas del derecho colectivo del trabajo: Lo anterior, por considerar que al mutar la naturaleza jurídica del vínculo laboral de trabajadores oficiales a empleados públicos y pasar a conformar la planta de personal de una Empresa Social del Estado, no resulta procedente la aplicación de las disposiciones del derecho colectivo del trabajo relacionado con trabajadores oficiales y, por tanto, no se puede válidamente invocar la prórroga automática de la convención a que hace mención el artículo 478 del Código Sustantivo del Trabajo, que establece que si dentro de los 60 días anteriores al vencimiento de su término de expiración las partes o una de ellas no hubiere manifestado por escrito su voluntad de darla por terminada, la convención se entiende prorrogada por períodos sucesivos de seis meses. Tampoco es viable que quienes pasaron a ser empleados públicos denuncien la convención por su calidad de tales y estar vinculados a una entidad pública diferente a la que suscribió la convención colectiva que pretende siga siendo aplicable. Adicionalmente y para abundar en razones, no es posible extender la convención colectiva respecto de una empresa que no la suscribió y que no tendría la posibilidad de denunciarla 1685 . (Subrayas de la Sala). 1683 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. Sentencia del 14 de diciembre de 2015. Radi- cación Número: 05001-23-31-000-2009-00739-01(4740-13). 1684 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. Sentencia del 4 de septiembre de 2008. Radi- cación número: 17001-23-31-000-2005-00782-01(2426-07). 1685 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. Sentencia del 5 de octubre de 2017. Radica- ción número: 25000-23-25-000-2009-00095-01(0594-14).

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz