Memoria 2021

1449 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL (Decreto 160 de 2014, art. 5) v) Las partes de la negociación: el artículo 2.2.2.4.5 del Decreto 1072 de 2015 señala que pueden serlo uno o varias entidades y autoridades públicas competentes, según la distribución constitucional y legal, y una o varias organizaciones sindicales de empleados públicos: Artículo 2.2.2.4.5. Partes en la negociación. Pueden ser partes en la negociación: 1. Una o varias entidades y autoridades públicas competentes, según la distribución constitucional y legal y, 2. Una o varias organizaciones sindicales de empleados públicos. (Decreto 160 de 2014, artículo 6) vi) El ámbito de la negociación: el artículo 2.2.2.4.6 distingue los ámbitos de la negociación. Así, esta puede ser general o de contenido común, o singular o de contenido particular: Artículo 2.2.2.4.6. Ámbito de la negociación. Constituyen ámbitos de la negociación: 1. El general o de contenido común, con efectos para todos los empleados públicos o para parte de ellos, por región, departamento, distrito o municipio. 2. El singular o de contenido particular por entidad o por distrito, departamento o municipio. Parágrafo. En el ámbito general o de contenido común, la negociación se realizará con representantes de las Confederaciones y federaciones sindicales de empleados públicos y los representantes de los Ministerios del Trabajo y de Hacienda y Crédito Público, de Planeación Nacional y del Departamento Administrativo de la Función Pública y por las demás autoridades competentes en las materias objeto de negociación. En el ámbito singular o de contenido particular, la participación de las anteriores instancias será facultativa. (Decreto 160 de 2014, art. 7) vii) Las condiciones y requisitos para la comparecencia sindical a la negociación: El artículo 2.2.2.4.7 es de especial importancia para emitir el dictamen solicitado, por cuanto determina los requisitos para que las organizaciones sindicales de empleados públicos concurran a la negociación colectiva con las autoridades públicas:

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