Memoria 2021

1182 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE 19. Establecer las tarifas y derechos en materia de transporte aéreo. 20. Recaudar y cobrar las tasas, tarifas y derechos por la prestación de los servicios aeronáuticos y los que se generen por las concesiones, autorizaciones, licencias o cualquier otro tipo de ingreso o bien patrimonial. 21. Promover e implementar estrategias de mercadeo y comercialización que promuevan el desarrollo, crecimiento y fortalecimiento de los servicios del sector aéreo y aeroportuario. 22. Propiciar la participación regional y los esquemas mixtos en la administración aeroportuaria. 23. Coordinar los lineamientos con las demás entidades u organismos nacionales e internacionales, que tengan a su cargo funciones complementarias con la aviación y el transporte aéreo. 24. Conducir, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, las relaciones con autoridades aeronáuticas de otros países y con organismos internacionales de aviación civil. 25. Facilitar la prestación de la asistencia técnica a las entidades de derecho público internacional o de otros países que la soliciten, bajo acuerdos de cooperación bilateral o multilateral. 26. Realizar todas las operaciones administrativas y comerciales para el cabal cumplimiento de su objetivo. 27. Las demás que señale la ley de acuerdo con la naturaleza del modo de transporte. Entonces, la Aerocivil es una entidad especializada de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. 1261 La especialidad de la entidad radica en que ostenta varias características particulares: i) es la autoridad en materia aeronáutica en todo el territorio nacional y en tal virtud le compete regular, certificar, vigilar y controlar a los proveedores de servicios a la aviación civil, el uso del espacio aéreo colombiano y la infraestructura dispuesta para el efecto, ii) presta los servicios a la navegación aérea y opera las ayudas requeridas para que la navegación en el espacio aéreo colombiano se efectúe con seguridad y iii) opera, explota y provee servicios aeroportuarios en los aeródromos a su cargo. 1261 Consejo de Estado. Sección Tercera. Subsección B. Sentencia del 7 de octubre de 2019. Radicación 2000-00481.

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz