Memoria 2021
1119 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL las zonas francas 1203 . De ahí, la necesidad de adicionar el Decreto 2147 de 2016 para que las zonas francas que cumplan la finalidad establecida en el artículo 2° de la Ley 1004 de 2005, y que estén cerca de desaparecer por cumplimiento del término de duración, puedan seguir funcionado, siempre y cuando observen las condiciones, requisitos y trámite exigidos para autorizar la susodicha prórroga. Asimismo, de la lectura de las disposiciones del Decreto 1054 de 2019 es dable concluir que dicha normativa regula lo referente a la prórroga de la declaratoria de existencia de la zona franca, y no lo relativo a la extensión del plazo del contrato de arrendamiento. El Decreto tiene como finalidad adicionar el Capítulo XII al Título I del Decreto número 2147 de 2016, con miras a definir los asuntos relacionados con las condiciones, requisitos y trámite para la prórroga de la declaratoria de existencia de las zonas francas, sin que ninguno de sus apartados se refiera a la ampliación del plazo de los contratos de arrendamiento celebrados entre el Ministerio y los usuarios operadores de las zonas. De la lectura de los artículos que se adicionaron mediante el Decreto 1054 de 2019, se puede deducir, sin lugar a hesitación, que están dirigidos a tratar asuntos relacionados con la prórroga del término para la declaratoria de existencia de la zona franca. 2. Análisis de las zonas francas de Barranquilla, Cartagena y Palmaseca 2.1. El Decreto 2480 de 1993: su origen Las zonas francas de Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Cúcuta, Palmaseca y Santa Marta venían siendo operadas por establecimientos públicos, los cuales fueron suprimidos y liquidados por el Decreto 2111 de 1992. Ante esta situación, y con el propósito de garantizar la continuidad del régimen y aprovechar la infraestructura productiva creada, el Gobierno Nacional emitió el Decreto 2480 de 1993 1204 . En términos generales, el Decreto se refirió a los siguientes asuntos: i) La autorización al Ministerio de Comercio Exterior para declarar como zonas francas, total o parcialmente, las mismas áreas geográficas que habían sido operadas como zonas francas industriales y comerciales por los establecimientos públicos que se encontraban en liquidación (artículo 1º) 1205 . 1203 Que es necesario reglamentar los requisitos y criterios para el otorgamiento de la prórroga del término de declaratoria de existencia de zonas francas. Decreto 1054 de 2019, considerandos. 1204 El Decreto 2480 de 1994 estableció normas especiales propias de las zonas francas y fue consonante con los mandatos de la Ley 80 de 1993. 1205 El Ministerio de Comercio Exterior podrá declarar como zonas francas industriales de bienes y de servicios, total o par- cialmente, las áreas geográficas que han venido operando como zonas francas industriales y comerciales, y cuyos estable- cimientos públicos operadores se encuentran en proceso de liquidación, conforme a lo ordenado por el Decreto 2111 de 1992.
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