Memoria 2021

1075 MEMORIA 2021 CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL con los diseños del año 2011, donde se reconocen las mayores cantidades de túneles y viaductos y se descuentan las menores cantidades de vías a cielo abierto”. Finalmente, el INVÍAS indicó frente a esta materia, en el oficio DG 75288 del 10 de marzo de 2017, lo siguiente: “En lo atinente a las mayores cantidades de obra ejecutada por ola invernal 2010-2011, según Auto No. 16 de fecha 4 de noviembre de 2015, el Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá aprobó el ACUERDO CONCILIATORIO presentado de manera conjunta por la UNIÓN TEMPORAL SEGUNDO CENTENARIO y el INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS (INVIAS), en relación con las diferencias surgidas por razón y/o con ocasión de las obras convenidas, por virtud de los nuevos diseños que debieron realizarse para hacer frente a la ola invernal que hizo más gravosa la ejecución del Contrato No. 3460 de 2008. Vale la pena resaltar que de esta aprobación, se destaca que no se reconoció utilidad alguna al Contratista UNIÓN TEMPORAL SEGUNDO CENTENARIO; y adicionalmente, se dio aplicación a la Teoría de la Imprevisión. La anterior situación tiene su fundamento en la conciliación aprobada por el Tribunal de Arbitramento de UNIÓN TEMPORAL SEGUNDO CENTENARIO contra INVIAS, referente a mayores cantidades de obra – ola invernal, en donde se pagó la obra ejecutada del rubro de sentencias y conciliaciones (ver resolución anexa); y la obra pendiente por ejecutar con base en la cuota asignada al Instituto dentro del marco gasto del mediano plazo, la Entidad programó en el anteproyecto de presupuesto de cada vigencia, los recursos necesarios así: $31.476 millones para el 2015, y $14.390 millones para la vigencia 2016, los cuales fueron incorporados al Contrato a medida que el contratista los iba ejecutando y facturando”. (subrayado fuera del texto). Por su parte, según las Actas de Entrega y Recibo Definitivo de las Obras de los módulos 1, 2 y 3, las sumas que se incorporaron al contrato por concepto de mayores cantidades de obra son las siguientes: “DINEROS ADICIONALES INCORPORADOS PARA EFECTOS DE PAGO MAYORES CANTIDADES 22/12/2015 Otrosí 12 (sic) 39.936.836.601,00 15/09/2016 Otrosí 16, 18 y 19 $ 5.929.179.495,12 TOTAL $ 45.866.016.096,12”

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