Memoria 2021

1042 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE III. CONTRATACIÓN ESTATAL 1. LICITACIÓN PÚBLICA. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL. Radicado 2331 Fecha: 28/03/2017 Consejero Ponente: Édgar González López Levantamiento de la reserva mediante auto del 5 de abril de 2021 El Ministerio de Transporte consulta a la Sala con el propósito de establecer si es posible adelantar un proceso licitatorio para contratar el 12% de las obras faltantes que se requieren para concluir la construcción del Túnel de la Línea con cargo a vigencias futuras del presupuesto del Instituto Nacional de Vías – INVÍAS y determinar si al hacerlo estaría incurriendo en un doble reconocimiento o pago. I. ANTECEDENTES a. En el escrito de la consulta, el Ministerio de Transporte presentó a la Salas siguientes consideraciones: 1. El INVÍAS a través de un proceso de selección abreviada celebró el contrato de obra pública No. 3460 de 2008, bajo la modalidad de “llave en mano” (precio global fijo), cuyo objeto corresponde a la realización del proyecto denominado: “ESTUDIOS Y DISEÑOS, GESTIÓN SOCIAL, PREDIAL Y AMBIENTAL, CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DEL PROYECTO: CRUCE DE LA CORDILLERA CENTRAL: TÚNELES DEL SEGUNDO CENTENARIO – TUNEL DE LA LÍNEA Y SEGUNDA CALZADA CALARCÁ CAJAMARCA”. 2. El contrato se suscribió por un valor de $629.052,9 millones, suma que fue adicionada teniendo en cuenta lo acordado en el documento denominado “Bases del Acuerdo Conciliatorio para dirimir las controversias suscitadas en el marco del contrato de obra pública No. 3460 de 2008, celebrado entre el Instituto Nacional de Vías y la Unión Temporal Segundo Centenario”. El valor de lo adicionado correspondió a la suma de $346.458 millones para efectos de cubrir los pagos relacionados con el riesgo geológico, la ejecución de mayores cantidades de obra derivadas por el fenómeno de La Niña y otros elementos. 3. Después de varias prórrogas, el plazo de ejecución del contrato terminó el 30 de noviembre de 2016, fecha para la cual solamente se había ejecutado el 88% de su objeto. 4. Como consecuencia de la terminación del contratoNo. 3460 de 2008, las actividades de control y mitigación de vertimientos emanados de los túneles piloto y principal del proyecto quedaron sin un responsable directo de su control y ejercicio, ante lo

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