Memoria 2021

1038 CONCEPTOS DE LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL PUBLICADOS EN EL 2021 TERCERA PARTE y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley ”. De estos preceptos se desprende que los empleados públicos son todos aquellos servidores públicos (de carrera o de libre nombramiento y remoción) que no son trabajadores oficiales ni miembros de las corporaciones públicas…”. (Subrayas agregadas). Como se observa, la Sala de Consulta y Servicio Civil concluyó que para efectos del régimen de inhabilidades de los congresistas, establecido en la Constitución Política, los miembros de las corporaciones públicas (dentro de los cuales están los concejales y los diputados), si bien son servidores públicos (concepto genérico), no son empleados públicos (término específico). Esta conclusión, en el caso de los concejales, aparece ratificada, además, en forma clara y contundente por el artículo 312 de la Carta Política (modificado por el artículo 5º del Acto Legislativo Nº 1 de 2007), cuyo inciso segundo preceptúa: “ Los concejales no tendrán la calidad de empleados públicos ”. Si bien la norma constitucional correspondiente a los miembros de las asambleas departamentales (artículo 299) no es igual de clara, pues dispone que “ el período de los diputados será de cuatro años y tendrá (sic) la calidad de servidores públicos ” (subrayamos), tal disposición tampoco desvirtúa lo que planteó la Sala en el año 2013, pues, como se explicó en aquella ocasión, el término “servidor público” corresponde a un género, dentro del cual coexisten varios tipos o categorías, entre ellas la de “empleados públicos”. Así, el hecho de que el canon constitucional referido diga que los diputados son “servidores públicos”, lo cual es innegable, no significa que sean “empleados públicos”. Esta afirmación se confirma con la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado (Sección Quinta), que de manera homogénea reconocen que los concejales y los diputados no son “empleados públicos”. Así, en la sentencia C-315 de 1995, la Corte manifestó: “ 11. El problema que esta Corte debe dilucidar… se remite al alcance del término “servidores públicos“ y a sus implicaciones concretas, dadas las proposiciones normativas examinadas, frente a tres categorías: miembros de las corporaciones públicas territoriales (1); empleados públicos territoriales (2); trabajadores oficiales territoriales (3). 12. Los diputados y los concejales, en los términos de los artículos 299 y 312 de la C.P., no son ni funcionarios ni empleados públicos. De otro lado, con arreglo a las limitaciones que establezca “la ley“, tienen derecho a “honorarios“… El fundamento constitucional de la ley analizada lo constituye la atribución que la Constitución asigna al Congreso en su artículo 150-19, literales e y f. La facultad del Legislador se reduce a fijar… normas generales sobre el régimen salarial y prestacional

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