Memoria 2020 Tomo 2

Una vez aclarados los procesos sancionatorios administrativos objeto de controversia en cuanto a la competencia administrativa, el consejero ponente, mediante Auto del 12 de febrero de 2020 98 , ordenó formar un expediente por cada una de las actuaciones administrativas reseñadas, para tramitar demanera individual los correspondientes conflictos de competencia administrativa. Consta en el expediente oficio radicado por la Dra. Gabriela Posada Venegas, en representación de la Agencia Nacional del Espectro (ANE), mediante el cual solicita copia de los 62 expedientes allegados por la ANTV en Liquidación 99 . Obra en el expediente informe secretarial de fecha 25 de febrero de 2020, mediante el cual informa al despacho que se allegó escrito de la Dra. Gabriela Posada Venegas, en representación de la Agencia Nacional del Espectro 100 . Figura en el expediente Auto de fecha 3 de marzo de 2020, mediante el cual se ordena a la Secretaría de la Sala de Consulta y Servicio Civil, hacer entrega, en forma digital, de los expedientes solicitados por la ANE 101 . Consta correo electrónico de fecha 1 de junio de 2020, mediante el cual la Secretaría de la Sala le comunicó a la Asociación Parabólica Telecable – Cosmovisión sobre la existencia del presente conflicto de competencias 102 . Obra informe secretarial, de fecha 9 de junio de 2020, en el sentido de que, dentro del término otorgado, la Asociación Parabólica Telecable – Cosmovisión no presentó alegatos o consideraciones 103 . Individualizadas las diferentes actuaciones administrativas que venía adelantando la ANTV, antes de su liquidación, contra operadores clandestinos del servicio público de televisión, la Sala procederá a resolver el conflicto negativo de competencia administrativa suscitado entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las 98 Folios 131 al 143. 99 Folio 145. 100 Folio 144. 101 Folios 146 al 147. 102 Folio 148 103 Folio 149. 95 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II

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