Memoria 2020 Tomo 2

7º. Obra en el expediente digital, folios 150 a 159, el pronunciamiento sobre el conflicto de competencias, suscrito por el jefe de la Oficina Asesora de Asuntos Legales de Colpensiones, al cual anexa la siguiente certificación, que literalmente dice (folio 159): RADICADO 2020_9311617 LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES CERTIFICA QUE Verificada la base de datos de afiliados, el/la señor/a JOSE GUSTAVO MARIN MARIN identificado/a con documento de identidad Cédula de Ciudadanía número 8314954, se encuentra afiliado/a desde 24/05/1978 al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) administrado por la Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES. La presente certificación se expide en Bogotá, el día 18 de septiembre de 2020. Rosa Mercedes Niño Amaya Dirección de Afiliaciones Nota: Certificado generado desde la página Web. Este documento no es válido para el reconocimiento de prestaciones económicas, está sujeto a verificación y no tiene costo alguno. Advierte la Sala que sobre la antefirma hay una firma digital. 8º. Según el certificado aportado por Colpensiones, el señor Marín figura como afiliado al Régimen de Prima Media con Prestación Definida, desde el 24 de mayo de 1978. 9º. Dicho certificado amerita las siguientes observaciones por parte de la Sala, con la reiteración de que corresponderá a la entidad que declarará competente, verificar todos y cada uno de los datos referentes al peticionario: 841 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II

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