Memoria 2020 Tomo 2
En ese orden de ideas, a través del Decreto 1437 de 2015, hoy incorporado en el Decreto 1833 de 2016, se reguló cómo se llevaría a cabo la administración y el pago de los recursos de pensiones por invalidez, que en su momento recibió Positiva Compañía de Seguros como administradora de riesgos profesionales del entonces ISS. De la citada normativa es preciso destacar los siguientes aspectos: 4.2.1. Asignación de competencias para el reconocimiento y pago de las pensiones a cargo de Positiva Como se señaló, de manera previa a la expedición del Decreto 1437, Positiva Compañía de Seguros S.A. realizaba todas las actividades relacionadas con la gestión de administración y pagos de obligaciones pensionales causadas durante la operación que ejerció el Instituto de Seguros Sociales en el ramo de riesgos profesionales. Lo anterior, teniendo en cuenta que celebró un contrato en el 2008 con el ISS para tales efectos. Con el Decreto 1437 de 2015 se escindieron tales funciones de la siguiente manera: i) a cargo de la UGPP quedó la competencia para administrar los recursos, y ii) a cargo del Fopep quedó la función de pagar las pensiones. El artículo 1 del Decreto 1437 de 2015, hoy contenido en el artículo 2.2.10.25.1 del Decreto 1833 de 2016, dispuso: Artículo 1°. Asignación de competencias. A partir del 30 de junio de 2015, las pensiones que actualmente están a cargo de Positiva Compañía de Seguros S.A., cuyos derechos fueron causados originalmente en el Instituto de Seguros Sociales serán administradas por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) y a partir del mes siguiente se efectuará el respectivo pago a través del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (Fopep). La UGPP asumió entonces la función pensional que implica mantener la relación jurídica con los afiliados y pensionados, y por consiguiente, conservó la obligación de y capital independiente, sometida al régimen de empresas industriales y comerciales del Estado de conformidad con el artículo 97 de la Ley 489 de 1998. Asimismo, Positiva realiza actividades relacionadas con la gestión de administración y pagos de obligaciones pensionales causadas durante la operación que ejerció el Instituto de Seguros Sociales, en el ramo de riesgos profesionales, hoy riesgos laborales. 782 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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