Memoria 2020 Tomo 2

(UGPP), FONDO DE PENSIONES PÚBLICAS DE NIVEL NACIONAL (FOPEP), MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, y a la ARL POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., se abstengan en lo sucesivo de suspender el pago de las mesadas pensionales del señor JOSÉ GELVER WILSON URREA HERNÁNDEZ […] 14. El 5 de agosto de 2020, la UGPP promovió ante la Sala de Consulta del Consejo de Estado el conflicto de competencias y elevó la siguiente solicitud: [R]esolver el conflicto negativo de competencias y en consecuencia establecer que POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S. A. es la entidad competente para elaborar y transferir el valor de la reserva correspondiente al cálculo actuarial que apruebe el Ministerio de Hacienda, con el que se pretende pagar la reliquidación de la pensión de invalidez del señor URREA HERNÁNDEZ, como quiera que se trata de un derecho pensional no incluido en el cálculo actuarial inicialmente aprobado en desarrollo de los artículos 3° y 4° del Decreto 1437 de 2015 o en su defecto se conmine al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Ministerio de Trabajo para que el primero destine los recursos y el segundo ejecute el pago de la prestación como representantes de la Nación en virtud de lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley 2008 de 2019. II. ACTUACIÓN PROCESAL En cumplimiento del artículo 39 de la Ley 1437 de 2011, se comunicó la presentación del conflicto de competencias a las autoridades involucradas y a los particulares interesados, y se fijó un edicto por el término de cinco (5) días, contados a partir del 20 al 26 de agosto del 2020, con el fin de que aquellos presentaran sus alegatos o consideraciones. Se comunicó la actuación a la UGGP, a Positiva Compañía de Seguros, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Consorcio Fopep, al Ministerio del Trabajo, al señor Urrea Hernández, al Juzgado Trece Laboral del Circuito de Bogotá, al Tribunal Superior de Bogotá, Sala Laboral, y a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral. Obra también informe secretarial del 27 de agosto de 2020, en el sentido de que se comunicó a las autoridades involucradas y a los particulares interesados, 758 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II

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