Memoria 2020 Tomo 2
19. Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), Positiva Compañía de Seguros S.A., Ministerio de Hacienda y Crédito Pú blico, Consorcio de Pensiones Públicas (Fopep) y Ministerio del Trabajo Asunto: Competencia para elaborar un cálculo actuarial y para el traslado de la reserva que financie el pago de una pensión reconocida mediante fallo judicial. Radicado: 2020-00183 Fecha: 17/11/2020 Consejero Ponente: Edgar González López La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en cumplimiento de la función prevista en el artículo 39, en concordancia con el artículo 112 numeral 10 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), Ley 1437 de 2011, procede a estudiar y resolver el conflicto negativo de competencias administrativas de la referencia. I. ANTECEDENTES De la información consignada en los documentos que obran en el expediente, se pueden extraer los siguientes hechos: 1. El señor José Gelver Wilson Urrea Hernández nació el 22 de abril de 1972. A la fecha tiene 49 años de edad. 2. El 15 de febrero de 2004, el señor Urrea Hernández sufrió un accidente de trabajo en el oficio de ayudante de construcción. Para la época, el señor Urrea estaba vinculado, mediante un contrato de trabajo, con el señor Enrique Alvarado, su empleador. 3. Mediante Resolución núm. 001208 de 27 de octubre de 2005, el Instituto de Seguros Sociales (Seccional Cundinamarca), en razón del accidente de trabajo, concedió al señor Urrea Hernández una pensión de invalidez de origen profesional por la suma de $381.500, equivalente al 60% del ingreso base de liquidación, efectiva 754 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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