Memoria 2020 Tomo 2
Así las CAR están revestidas de ciertas características para su funcionamiento 844 : ■ Son personas jurídicas de naturaleza pública que integran la estructura administrativa del Estado. ■ Su creación tiene origen legal. ■ No hacen parte de las ramas del poder público. ■ Pertenecen al orden nacional 845 . ■ Gozan de autonomía administrativa, financiera y patrimonial. ■ Estánconformadaspor entidades territorialesque configurangeográficamente un mismo ecosistema o integran una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica 846 . ■ Tienen como objetivo la preservación del medio ambiente 847 , la planeación y promoción de la política ambiental regional 848 . ■ Su competencia es regional: porque «la realidad ecológica supera los linderos territoriales, es decir, los límites políticos de las entidades territoriales. Enotras 844 Ver conceptos: radicación núm. 814 del 29 de abril de 1996; radicación núm. 836 del 29 de julio de 1996; radicación núm. 963 del 3 de abril de 1997; y, radicación interna 2188 del 10 de febrero de 2014 radicado núm. 11001-03-06-000-2013-00529-00. Conceptos de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. 845 «Las corporaciones autónomas regionales son órganos constitucionales de orden nacional sui generis, pues reúnen varias de las características de los órganos descentralizados por servicios, específicamente en materia de administración de los recursos naturales y planificación y promoción del desarrollo regional con criterios de sustentabilidad ambiental, pero (a) no están sujetas a control de tutela ni a otros mecanismos estrictos de control administrativo que permitan a la autoridad central revocar o variar sus decisiones -lo que no se opone a los controles jurisdiccionales, y (b) no están adscritas a ningún ministerio ni hacen parte de ningún sector administrativo». Corte Constitucional. Sentencia C 127 del 21 de noviembre de 2018. 846 Corte Constitucional. Sentencia C- 554 del 25 de julio de 2007. 847 Corte Constitucional. Sentencia C-794 del 29 de junio de 2000. 848 Corte Constitucional. Sentencia C-462 del 14 de mayo de 2008 737 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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