Memoria 2020 Tomo 2

Consta que el 13 de octubre de 2020, la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República allegó escrito de alegatos o consideraciones 547 . Obra también informe secretarial del 30 de noviembre de 2020, en el sentido de que la Procuraduría General de la Nación allegó la documentación solicitada en el Auto del 26 de junio de 2020, en cinco archivos pdf 548 . III. ARGUMENTOS DE LAS PARTES E INTERVINIENTES 1. De la Procuraduría General de la Nación Esta autoridad no hizo manifestación expresa en el trámite adelantado por la Sala de Consulta, pero los argumentos por medio de los cuales niega su competencia se encuentran contenidos en el escrito del 17 de febrero de 2020 549 , que pueden sintetizarse así: En primer lugar, la Procuraduría hace referencia a los artículos 94 de la Ley 200 de 1995 (anterior Código Disciplinario Único) y 172 de la Ley 734 de 2002, para señalar que la Corte Constitucional, en sentencia C-057 de 1998, al referirse a la exequibilidad del precitado artículo 94, dispuso que, aunque «quien tiene la facultad para imponer sanciones también la tiene para hacerlas efectivas», la ley puede asignar a otro funcionario distinto, por razones de celeridad y eficacia, la función de ejecutar sanciones, pues, a juicio de la Corte, esos funcionarios son quienes cuentan con los mecanismos idóneos para efectuar los actos correspondientes, como, por ejemplo, designar reemplazos, en casos de suspensión o destitución. Dicho lo anterior, la Procuraduría señala que cuando las sanciones que se imponen son las de destitución e inhabilidad general, «que implica la terminación de la relación del servidor público con la administración, y la imposibilidad de ejercer la función pública en cualquier cargo o función […] y la exclusión del escalafón o carrera […]», el acto administrativo debe contener: 547 Documento 2, correo electrónico del 14 de octubre de 2020, remitido por la Secretaría de la Sala. 548 Documento 1, correo electrónico del 30 de noviembre de 2020, remitido por la Secretaría de la Sala. 549 Folios 16 a 20, cuaderno de la Sala. 453 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II

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