Memoria 2020 Tomo 2
(ii)A la Superintendencia de Notariado y Registro, al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y al Ministerio de Justicia y del Derecho, para que, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del correspondiente oficio, alleguen copia de las actuaciones que hayan realizado en torno al cumplimiento de la sanción disciplinaria impuesta al señor Jairo Leonel Sánchez Guzmán, como notario único del Líbano (Tolima), por la Procuraduría General de la Nación. […] (iii) Al señor Jairo Leonel Sánchez Guzmán, para que, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del correspondiente oficio, allegue copia de su acto de nombramiento como notario único del Líbano (Tolima). […] (iv) Al Juzgado Diecinueve (19) Administrativo de Bogotá, para que, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del correspondiente oficio, remita copia de la sentencia del 28 de agosto de 2019, mediante la cual resolvió la acción de tutela interpuesta por el señor Jairo Leonel Sánchez Guzmán contra la Procuraduría General de la Nación, y de la providencia con la cual decidió el incidente de desacato formulado por el actor. Asimismo, el Juzgado deberá aclarar si la sentencia mencionada fue objeto de impugnación, o si ha sido seleccionada para su revisión eventual, por parte de la Corte Constitucional. […] Obra informe secretarial del 9 de julio de 2020, en el que consta que el señor Jairo Leonel Sánchez Guzmán allegó el Acuerdo 3644 del 22 de septiembre de 2008, por medio del cual el anterior Ministerio del Interior y de Justicia lo nombró notario único del Líbano (Tolima), en propiedad 543 . Asimismo, consta que el director jurídico del Ministerio de Justicia y del Derecho allegó memorial, en dos folios, y anexos, en 543 Documento 1, allegado por el señor Jairo Leonel Sánchez Guzmán, por medio de correo eléctronico del 1º de julio de 2020. 451 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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