Memoria 2020 Tomo 2
de Justicia y del Derecho; a la Presidencia de la República, y al señor Jairo Leonel Sánchez Guzmán 540 . Obra también constancia secretarial en el sentido de que, durante la fijación del edicto, el señor Jairo Leonel Sánchez Guzmán presentó escrito de consideraciones, en un folio, y el abogado Pablo Carlosama Mora presentó alegatos en tres folios 541 . Las demás partes e intervinientes guardaron silencio. Con posterioridad a la desfijación del edicto, el 20 de mayo de 2020, la Secretaría de la Sala informó que el director jurídico del Ministerio de Justicia y del Derecho presentó alegatos, en tres folios 542 . Ante la falta de algunos documentos en el expediente, que se consideraban importantes para estudiar y resolver el conflicto, el 26 de junio de 2020, el magistrado ponente profirió auto para mejor proveer, en el cual resolvió: Primero: Por secretaría, ofíciese: (i) A la Procuraduría General de la Nación, para que, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del correspondiente oficio, envíe a este despacho copia de los siguientes documentos que hacen o deben hacer parte del expediente disciplinario IUS2010117739, seguido contra el señor Jairo Leonel Sánchez Guzmán: i) fallo de primera instancia, del 17 de mayo de 2012, dictado por la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial; ii) fallo de segunda instancia, del 28 de febrero de 2013, expedido por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría, con sus respectivas constancias de notificación y ejecutoria; iii) los oficios núms. 0696 y 0697 del 15 de mayo de 2013, y iv) las demás comunicaciones que haya emitido esa Procuraduría en relación con la notificación y el cumplimiento de la sanción disciplinaria impuesta al señor Sánchez Guzmán. […] 540 Documento 3 ídem. 541 Documento 2 ídem. 542 Documento 1, allegado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante correo electrónico del 20 de mayo de 2020. 450 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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