Memoria 2020 Tomo 2
decomiso de los equipos) a aquellas personas que presten un servicio clandestino de televisión mediante la utilización del espectro electromagnético para la transmisión de la señal (televisión radiodifundida y satelital). La función del artículo 24 de la Ley 182 de 1995 asignada a la ANE mediante la Ley 1507 de 2012 tiene plena coherencia con el criterio misional adoptado, por cuanto, si se lee la exposición de motivos del Proyecto de Ley 109/94 Senado, se observa que el artículo 24 fue pensado en relación con el uso del espectro. Se dijo en dicha exposición de motivos, lo siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 5º El espectro electromagnético. Parabólicas autorizadas y parabólicas prohibidas. La Ley 72 de 1989, los Decretos 1900 y 1901 de 1990 y más recientemente la Ley 142de1994, hanasignadoalMinisteriodeComunicaciones todo lo concerniente al manejo del espectro electromagnético. Sin embargo, con lo dispuesto en el artículo 76 de la Carta, las cosas han variado un tanto sobre este tema, particularmente en materia de televisión. Así lo ha admitido la Corte Constitucional al enseñar no solo que “la gestión del Estado en materia del uso del espectro electromagnético, (...) permanecen vigentes hasta tanto no sea creado el nuevo organismo contemplado en la Constitución” (Sentencia T- 081/93). Para ello, el Proyecto ha otorgado dicha competencia a la Comisión Nacional de Televisión, en cuanto atañe al servicio de Televisión (art. 24). Ahora bien, como el espectro no es un bien que únicamente facilite la prestación de dicho servicio, el Proyecto establece la necesaria coordinación con el Ministerio de Comunicaciones en todo lo que tenga que ver con la utilización racional y ordenada del mismo. Como medidas complementarias, el Proyecto prevé un plan de reordenamiento y limpieza del espectro (art. 24), un registro público de frecuencias (art. 23), y sanciones de suspensión y decomiso de los equipos de aquellas personas que lo utilicen sin la autorización de la Comisión (art. 20) 498 . 498 Gaceta 169 del 6 de octubre de 1994 Senado. Publicación proyecto y exposición de motivos. 426 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz