Memoria 2020 Tomo 2
En cumplimiento de este acto legislativo, el Congreso expidió la Ley 1507 de 2012, hoy derogada por la Ley 1978 de 2019, mediante la cual redistribuyó las competencias en materia de televisión, ordenó la liquidación de la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) y creó la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV). A la ANE se le asignó la función, que venía ejerciendo la CNTV, de inspección, vigilancia y control del servicio público de televisión cuando para su prestación se requiera de la utilización del espectro radioeléctrico. La asignación de esta función obedeció a un criteriomisional de redistribución de funciones . Así quedó plasmado en la ponencia para primer debate al Proyecto de Ley 168 de 2011 Senado y 106 de 2011 Cámara 495 , en las Comisiones Sextas constitucionales permanentes de Senado y Cámara de Representantes, de la que se extracta lo siguiente: (...) el pliego de modificaciones crea la Agencia Nacional de Televisión (ANTV) como una Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial, presupuestal y técnica, la cual formará parte del sector de la (sic) Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones. Tal Agencia, sin replicar la magnitud de la Comisión Nacional de Televisión, estará orgánicamente estructurada para proteger los valores constitucionales mencionados, sin necesidad de depender jurídica ni materialmente del gobierno de turno. Por otra parte se transferirán funciones, desde una óptica misional, al Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – enmateria de control y vigilancia del régimen de prestación del servicio-, la Comisión de RegulacióndeComunicaciones -enmateriaderegulacióneconómicademercados-, la Agencia Nacional del Espectro -en relación con la planeación, atribución y control del espectro radioeléctrico para televisión -, y la Superintendencia 495 Gaceta 927 del 2 de diciembre de 2011 Cámara. En igual sentido Gaceta 924 del 1 de diciembre de 2011 Senado. 423 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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