Memoria 2020 Tomo 2

[c]onforme a lo expuesto, tenemos que la ANTV tiene prohibición legal expresa de seguir cumpliendo su objeto misional, pues su capacidad jurídica se contrae únicamente a realizar los actos tendientes a su pronta y efectiva liquidación (artículo 40 de la Ley 1978 de 2019). De su parte, tanto el MINTIC como la ANE han expuesto sus consideraciones jurídicas que les llevan a concluir que no tienen competencia administrativa para darle continuidad a las actuaciones administrativas seguidas contra operadores clandestinos... razón por la cual existe un conflicto negativo de competencias administrativas que por involucrar entidades públicas del orden nacional, debe ser resuelto por la Sala de Consulta y Servicio Civil del H. Consejo de Estado 440 . VII. ACTUACIÓN PROCESAL De conformidad con lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley 1437 de 2011, se fijó edicto en la Secretaría de esta Sala, por el término de cinco (5) días, con el fin de que las autoridades involucradas y los terceros interesados presentaran sus alegatos 441 . En el expediente consta que se informó sobre el conflicto al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), a la Agencia Nacional del Espectro (ANE), y a la Sociedad Fiduciaria La Previsora S.A en su calidad de sociedad liquidadora de la Autoridad Nacional de Televisión en Liquidación (ANTV en Liquidación), para que presentaran sus alegatos o consideraciones, de estimarlo pertinente 442 . Obra informe secretarial, de fecha 16 de enero de 2020 443 , en el sentido de que, durante la fijación del edicto, presentaron alegatos el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 444 y la Agencia Nacional del Espectro (ANE) 445 . La Fiduciaria La Previsora S.A., en su calidad de sociedad liquidadora de la Autoridad Nacional de Televisión en Liquidación guardó silencio en esta etapa. 440 Folios del 1 al 9. 441 Folio 64. 442 Folios 65 al 66. 443 Folio 98. 444 Folios 67 al 78. 445 Folios 79 al 97. 387 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II

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