Memoria 2020 Tomo 2
Además de las funciones señaladas en el inciso anterior, los procuradores delegados o sus respectivas dependencias cumplirán funciones de asesoría y apoyo al Procurador General cuando éste lo determine. Parágrafo. Los procuradores delegados dependen directamente del Procurador General. El artículo 25, respecto de las funciones disciplinarias a su cargo, prevé lo siguiente: ARTÍCULO 25. Funciones disciplinarias. Las procuradurías delegadas cumplen las siguientes funciones disciplinarias: 1. Conocer en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra: […] b) Los gerentes, directores y miembros de las juntas directivas, o sus equivalentes, de los organismos descentralizados del nivel nacional […]. De conformidad con la norma antes citada, las procuradurías delegadas son competentes para conocer de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de funcionarios de la jerarquía que ostenta el rector de la Universidad del Cauca. En relación con las funciones de las procuradurías delegadas, es importante referirse al contenido del artículo 75, numeral 4 del Decreto Ley 262 de 2000, ya que esta norma prevé a cargo de las procuradurías regionales algunas de las funciones de las procuradurías delegadas, bajo determinadas condiciones, así: ARTÍCULO 75. Funciones. Las procuradurías regionales tienen, dentro de su circunscripción territorial, las siguientes funciones, cuando lo determine el Procurador General en virtud de las facultades contenidas en el artículo 7 de este decreto : […] 4. Adelantar actuaciones disciplinarias de competencia de los procuradores delegados, hasta antes de la apertura de la investigación . De la iniciación de estas investigaciones se dará aviso al procurador delegado competente, a 362 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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