Memoria 2020 Tomo 2
8. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) -Defensoría de Familia del Centro Zonal Occidente Medio (Regional Antioquia) y Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Dabeiba (Antioquia) Asunto: Competencia del juez de familia para subsanar los yerros y decretar nulidades en los procesos administrativos de restablecimiento de derechos en favor de los niños, niñas y adolescentes, y para resolver de fondo su situación jurídica. Ley 1878 de 2018. Radicado: 2020-00042 Fecha: 17/07/2020 Consejero Ponente: Germán Alberto Bula Escobar La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en cumplimiento de su función prevista en los artículos 39 y 112, numeral 10, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), procede a estudiar el conflicto negativo de competencias administrativas de la referencia. V. ANTECEDENTES De la información consignada en los documentos que obran en el expediente, se resumen los antecedentes así: 1. El 7 de octubre de 2009, la señora María Mercedes Sepúlveda Guisado informó al Centro Zonal de Occidente Medio 356 del ICBF (Regional Antioquia) que, en el hogar comunitario manejado por ella, había sido abandonada la niña C.U.A. 357 , hacía 8 meses; que al parecer la niña no se encontraba registrada, que no conocían su nombre, y que la llamaban como indicó (folios 1 al 11, cuaderno 1). 356 El Centro Zonal Occidente Medio está ubicado en el municipio de Dabeiba, Antioquia. 357 Por tratarse demenores de edad, y con la finalidad proteger sus derechos y salvaguardar su intimidad, se omitirán sus nombre y el de sus familiares. 313 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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