Memoria 2020 Tomo 2

protección, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones solidarias, y no en el desarrollo de funciones de supervisión, misión que sí tienen a su cargo las Superintendencias de la Economía Solidaria y de Sociedades. Por consiguiente, se ordenará en la parte resolutiva remitir a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República una copia de la presente decisión. Por lo expuesto, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR competente a la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias para resolver la petición realizada por el señor Jorge Noel Gaviria Cruz. SEGUNDO: REMITIR el expediente de esta actuación a la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias para lo de su competencia. TERCERO: COMUNICAR esta decisión a: i) la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, ii) la Superintendencia de Sociedades, iii) la Superintendencia de la Economía Solidaria y iv) el señor Jorge Noel Gaviria Cruz. CUARTO: REMITIR a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República una copia de la presente decisión. QUINTO: ADVERTIR que los términos legales a que esté sujeta la actuación administrativa en referencia se reanudarán o empezarán a correr, según el caso, a partir del día siguiente a aquél en que se comunique la presente decisión. SEXTO: ADVERTIR que contra la presente decisión no procede recurso alguno, tal y como lo dispone expresamente el inciso 3º del artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. SUSCRIBEN EL CONFLICTO: Germán Alberto Bula Escobar, Presidente de la Sala. Álvaro Namén Vargas, Consejero. Édgar González López, Consejero. Óscar Darío Amaya Navas, Consejero. Reina Carolina Solórzano Hernández, Secretaria de la Sala. 272 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz