Memoria 2020 Tomo 2
los riesgos para su salud y seguridad, el INVIMA en el marco de sus competencias contribuye desde el punto de vista sanitario en la salvaguarda de los derechos de los consumidores 252. (Subraya la Sala). vii) La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada: el Decreto 2355 de 2006 otorgó a esta Superintendencia las siguientes funciones en materia de protección al consumidor: Artículo 2º. Objetivos. A la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le corresponde ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada para alcanzar los siguientes objetivos: [...] 4. Proveer información, confiable, oportuna y en tiempo real para los usuarios de los servicios de vigilancia y seguridad privada, relacionada con la legalidad, idoneidad y capacidades técnicas de los prestadores de dichos servicios. 5. Brindar una adecuada protección a los usuarios de servicios de vigilancia y seguridad privada. Las anteriores autoridades, junto con la SIC y la ST, hacen parte de la Red Nacional de Protección al Consumidor, consagrada en el artículo 75 de la Ley 1480 de 2011 253 . El establecimiento de autoridades especializadas para la protección de los consumidores, permite que las controversias sean resueltas por personas expertas que conocen las realidades y dinámicas propias del sector. Esto contribuye, además, a una mayor seguridad jurídica y a una resolución más expedita de los conflictos. 252 INVIMA. Concepto número 2005546 del 11 de febrero de 2019. 253 La Red Nacional de Protección al Consumidor estará conformada por los consejos de protección al consumidor de carácter nacional o local donde existan, las alcaldías y las autoridades administrativas del orden nacional que tengan asignadas funciones de protección al consumidor, las ligas y asociaciones de consumidores y la Superintendencia de Industria y Comercio. Esta última institución actuará como Secretaría Técnica de la Red y, en tal condición, velará por su adecuada conformación y funcionamiento. 193 Memoria 2020 · Consejo de Estado · Tomo II
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