ASUNTOS ELECTORALES TOMO I PARTE 4

78 ASUNTOS ELECTORALES 2022 SECCIÓN QUINTA ■ TOMO I ■ PARTE 4 Colombia Renaciente a la Alcaldía de Arauca para el año 2019 y fue elegido representante a la Cámara – departamento de Arauca – para el período 2022 – 2026 por el Partido Liberal. No obstante, lo cierto es que no hay certeza del momento en que el demandado renunció al Partido Colombia Renaciente, toda vez que si bien aportó el documento de esta con fecha de 27 de julio de 2021; la certificación suscrita por dicha colectividad señala que la dimisión fue el 22 de septiembre del mismo año, sin desconocer que en ninguna de las hipótesis en mención el cuestionado representante estaría incurso en la prohibición que se alega. Prueba de lo anterior es que el accionante pidió con la demanda requerir al Partido Colombia Renaciente y al Consejo Nacional Electoral para que allegaran información respecto de la renuncia que presentó el accionado ante dicha colectividad política, además, para que se solicitara a la Registraduría de Arauca para que remitiera al expediente la copia de la inscripción de este a la Alcaldía de la misma municipalidad. Lo anterior reafirma que en este momento procesal no se conoce con exactitud la fecha en que el accionado presentó la renuncia a la colectividad a la cual se encontraba inscrito inicialmente, de manera que no es posible determinar si incurrió en la prohibición de la doble militancia y así proceder a decretar la suspensión provisional pretendida. La medida cautelar deberá denegarse pues en este momento procesal no se advierte que el acto de elección esté afectado por las causales de los numerales 5 y 8 del artículo 275 del CPACA y, en ese orden, será necesario adelantar el debate probatorio con miras a determinar si el acto de elección del accionado violó las normas invocadas por el actor. NORMATIVA APLICADA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991 - ARTÍCULO 96, 99, 107, 177, 179 NUMERAL 7, 238 / LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 229, 231, 275 NUMERAL 5 / LEY 1475 DE 2011 - ARTÍCULO 2, 275 NUMERAL 8 / LEY 43 DE 1993 - ARTÍCULO 1, 3, 22

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