ASUNTOS ELECTORALES TOMO I PARTE 4

416 ASUNTOS ELECTORALES 2022 SECCIÓN QUINTA ■ TOMO I ■ PARTE 4 MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD ELECTORAL, ELECCIÓN DEL CONTRALOR DEPARTAMENTAL, CONVOCATORIA PÚBLICA, COMPETENCIADELAASAMBLEADEPARTAMENTAL,INEXISTENCIADE EXPEDICIÓN IRREGULAR DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ELECCIÓN, INTERVENCIÓN DE LOS AGENTES DEL MINISTERIO PUBLICO ANTE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RADICADO: 44001-23-40-000-2022-00008-02 FECHA: 07/12/2022 TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia PONENTE: Pedro Pablo Vanegas Gil DEMANDANTE: Miguel Eduardo García Prada DEMANDADO: Bienvenido Mejía Brito – Contralor Departamental de La Guajira MEDIO DE CONTROL: Nulidad electoral Extracto No. 27 PROBLEMA JURÍDICO: Corresponde a la Sala determinar si debe confirmar, o en su defecto modificar o revocar, la sentencia de primera instancia que negó la nulidad de la elección de Bienvenido Mejía Brito, como contralor Departamental de La Guajira para el periodo 2022-2025. Con tal fin, se debe resolver si el acto de elección del señor Bienvenido Mejía Brito adolece de falta de competencia y falsa motivación, toda vez que la asamblea departamental no debía valorar las hojas de vida de los aspirantes, ya que no podía abrogarse la potestad calificadora que recaía sobre la Universidad de Córdoba, de conformidad con la propuesta técnica y el consecuente contrato interadministrativo suscrito y, la Resolución No. 051 de 2021 que reguló la convocatoria. Al respecto, también se debe establecer si el hecho de que la asamblea departamental haya desarrollado la calificación de las hojas de vida, independientemente de que tenga lugar bajo los parámetros establecidos en la convocatoria, acarrea o no la nulidad alegada. En tal sentido, se debe determinar si los argumentos de los apelantes conllevan a la anulación de la elección de Bienvenido Mejía Brito como contralor departamental de La Guajira, periodo 2022 – 2025, de conformidad con la causal de nulidad prevista en el artículo 137 y 275.5 del CPACA, en concordancia con los artículos 272 inciso 7º de la Constitución Política, el Acto Legislativo 04 de 2019, la Ley 1955 de 2019, el Decreto 1083 de 2015, la Resolución No. 051 de 2021 (convocatoria pública para proveer el cargo de contralor departamental para el periodo 2022-2025) y la Resolución No. 0728 de 2019 (que establece parámetros generales para las convocatorias públicas de contralores territoriales). TESIS 1: La Constitución Política estableció en el artículo 272, que para la elección del funcionario que realizará la vigilancia de la gestión fiscal de los

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